Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2014 (05/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Martes 5 de agosto de 2014

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declaro inadmisible la referida solicitud de inscripcion, por considerar que el acta de elecciones internas consigna una modalidad de eleccion diferente a la establecida en el articulo 66 del estatuto, y que los candidatos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Quinones MORDAZA no acreditan los dos anos de domicilio en el distrito al que postulan. Mediante escrito, de fecha 9 de MORDAZA de 2014 (fojas 57 a 93) el partido politico Siempre Unidos absolvio las omisiones advertidas mediante Resolucion Nº 0001-2014JEE-DEL SANTA/JNE. Por Resolucion Nº 0002-2014-JEE-DEL SANTA/JNE (fojas 51 y 52), de fecha 9 de MORDAZA de 2014, el JEE declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista al Concejo Distrital de Huayan, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, por considerar que no se ha subsanado la observacion advertida mediante Resolucion Nº 0001-2014-JEE-DEL SANTA/JNE, respecto del acta de elecciones internas ya que, del escrito subsanatorio, se advierte que la Directiva Interna Nº 001-2014/PPSU/CER-ANCASH, de fecha 30 de MORDAZA, constituye un ordenamiento normativo que no puede regular actuaciones propias de democracia interna que contravengan el estatuto. Con fecha 15 de MORDAZA de 2014, Jhuder MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno de la citada organizacion politica, interpone recurso de apelacion (fojas 2 a 10) en contra de la Resolucion Nº 0002-2014-JEE-DEL SANTA/ JNE de fecha 9 de MORDAZA de 2014, solicitando sea revocada y se admita la inscripcion de la lista, bajo los siguientes argumentos: a) El JEE ha excedido sus competencias al desconocer normas y directivas de su organizacion politica. b) La Directiva Interna Nº 001-2014/PPSU/CERANCASH, de fecha 30 de MORDAZA de 2014, al senalar que las elecciones internas seran libres y abiertas no contraviene lo dispuesto en sus estatutos. c) Al interior de su organizacion politica, el estado de afiliacion no es un requisito para formar parte de un comite electoral. CUESTION EN DISCUSION A partir de lo senalado, este Supremo Tribunal Electoral considera que se debe establecer si en el presente MORDAZA de inscripcion de lista de candidatos, el JEE realizo una debida calificacion de la solicitud presentada por el personero legal del partido politico Siempre Unidos. CONSIDERANDOS Respecto de la regulacion normativa de las normas de democracia interna 1. El articulo 19 de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos, establece que la eleccion de autoridades y candidatos de los partidos politicos y movimientos de alcance regional o departamental debe regirse por las normas de democracia interna establecidas en dicha ley, el estatuto y el reglamento electoral de la agrupacion politica. 2. El articulo 24 de la MORDAZA citada, modificado por la Ley Nº 29490, indica, con relacion a las modalidades de eleccion de candidatos, que corresponde al organo MORDAZA del partido politico o del movimiento de alcance regional o departamental decidir la modalidad de eleccion, de acuerdo con alguna de las siguientes modalidades: "a) Elecciones con MORDAZA universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados. b) Elecciones con MORDAZA universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. c) Elecciones a traves de los delegados elegidos por los organos partidarios conforme lo disponga el estatuto." 3. El numeral 25.2 del articulo 25 del Reglamento de Inscripcion de Listas de Candidatos para Elecciones

RESUELVE Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular inscrito ante el Registro de Organizaciones Politicas, y MORDAZA MORDAZA Morocco Hualla, personero legal titular acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, por la organizacion politica Movimiento al Socialismo y Libertad; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 01-2014-JEE SAN ROMAN/JNE, de fecha 10 de MORDAZA de 2014, emitida por el referido organo electoral, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital de Orurillo, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014. Articulo Segundo.- DISPONER que el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA continue con el tramite correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1118760-7

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA que declaro improcedente solicitud de inscripcion de lista de candidatos al Concejo Distrital de Huayan, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 736-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00933 HUAYAN - HUARMEY - MORDAZA JEE DEL MORDAZA (EXPEDIENTE Nº 0084-2014-007) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACION MORDAZA, veintidos de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por Jhuder MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno del partido politico Siempre Unidos, en contra de la Resolucion Nº 0002-2014-JEEDEL SANTA/JNE, de fecha 9 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Huayan, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y oido el informe oral. ANTECEDENTES El 4 de MORDAZA de 2014, Jhuder MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal alterno del partido politico Siempre Unidos, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA (en adelante JEE), presenta su solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Concejo Distrital de Huayan, provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA (fojas 100 a 102). Mediante Resolucion Nº 0001-2014-JEE-DEL SANTA/ JNE (fojas 94 y 95), de fecha 6 de MORDAZA de 2014, el JEE

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