Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2014 (06/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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Que, mediante Partes Diarios Nº 055474 de fecha 27 de marzo de 2014, N° 064010 de fecha 09 de MORDAZA de 2014 y N° 085695 de fecha 16 de MORDAZA de 2014, El CRPC presento la documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado en el considerando precedente; Que, con Oficio N° 2203-2014-MTC/15 se advierte al CRPC que cumple con la adecuacion solicitada en la Resolucion Directoral N° 4884-2013-MTC/15, puesto que dicha documentacion presentada se encuentra conforme, habiendose procedido al registro correspondiente en la Base de Datos que obra en esta Direccion. Que, de acuerdo al Informe Nº 1594-2014MTC/15.03.A.A.CITV, de fecha 06 de junio de 2014, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se concluye que la empresa denominada CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L., en adelante La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en los numerales 5.1.2.1, 5.1.2.2, 5.1.4.1. y 5.1.4.2. de la Directiva Nº 004-2010-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 2268-2010MTC/15, y su modificatoria, la Resolucion Directoral N° 4884-2013-MTC/15, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion ademas los principios de informalismo, presuncion de veracidad y privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444. De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias, La Resolucion Directoral N° 4884-2013-MTC/15 y La Directiva Nº 004-2010MTC/15 aprobada por Resolucion Directoral Nº 22682010-MTC/15; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Centro de Revision Periodica de Cilindros CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L., la solicitud de adecuacion para la revision de cilindros MORDAZA II, III y IV, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion Directoral N° 4884-2013-MTC/15, de fecha 15 de noviembre de 2013, que modifica la Directiva N° 0042010-MTC/15, cuyo plazo de vigencia esta condicionado a la vigencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Directoral N° 1827-2013-MTC/15. Articulo Segundo.- La infraestructura dispuesta en el numeral 5.1.5.1 de la presente Directiva N° 004-2010MTC/15, sera acreditada dentro del plazo de un (01) ano, contados a partir del 13 de diciembre de 2013. Articulo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral sera publicada en el Diario Oficial "El Peruano", siendo el costo de su publicacion asumido por la empresa CENTRO TECNICO AUTOMOTRIZ HERSA S.R.L. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1113685-1 VISTOS:

El Peruano Miercoles 6 de agosto de 2014

Los Partes Diarios N°s 084825 y 105994 presentados por la empresa denominada SENOR TAXI S.R.L., mediante los cuales solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV a vehiculos de las categorias M1, M2 y M3, en el local ubicado en la Av. La Paz N° 2602, Esquina con MORDAZA San MORDAZA N° 221, Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, el numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, mediante Parte Diario N° 084825 de fecha 15 de MORDAZA de 2014 la empresa denominada SENOR TAXI S.R.L., en adelante La Empresa, solicita autorizacion para funcionar como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV, en el local ubicado en la Av. La Paz N° 2602, Esquina con MORDAZA San MORDAZA N° 221, Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento de MORDAZA, con la finalidad de realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion, para cuyo efecto manifiesta disponer de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion; Que, mediante Oficio N° 3984-2014-MTC/15.03 de fecha 30 de MORDAZA de 2014 y notificado el 05 de junio de 2014, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, y mediante Parte Diario N° 105994 de fecha 17 de junio de 2014, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado. Que, de acuerdo al Informe Nº 1890-2014-MTC/15.03. AA.CITV, elaborado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa SENOR TAXI S.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley N° 29370, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nºs 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme al Articulo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC;

Autorizan a empresa Senor Taxi S.R.L., como taller de conversion a gas natural vehicular y operar en local ubicado en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2917-2014-MTC/15 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2014

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