Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2014 (08/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Que, asimismo, el numeral 25.4 del articulo MORDAZA mencionado, establece que cada entidad designara mediante resolucion del titular, a un funcionario con rango de Director General, equivalente o superior, responsable de la coordinacion y atencion de los requerimientos de informacion que realice el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversion del Ministerio de Economia y Finanzas; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo que designa a los representantes responsables del Ministerio del Ambiente; Con el visado de la Secretaria General y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba su Reglamento de Organizacion y Funciones; y, la Ley Nº 30230; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a las representantes titular y alterna del Ministerio del Ambiente ­ MINAM, responsables de la coordinacion y atencion de los requerimientos de informacion que realice el Equipo Especializado de Seguimiento de la Inversion del Ministerio de Economia y Finanzas, segun detalle: - Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente, representante titular. - Sra. MORDAZA MORDAZA Bibolini MORDAZA, Jefa del Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio del Ambiente, representante alterno. Articulo 2.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Transparencia Estandar del Ministerio del Ambiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1120193-1

El Peruano Viernes 8 de agosto de 2014

Disponen publicacion del Proyecto de la "Guia de Valoracion Economica del Patrimonio Natural" en el MORDAZA web institucional del Ministerio del Ambiente
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 248-2014-MINAM MORDAZA, 7 de agosto de 2014 Vistos, el Memorandum Nº 353-2014-MINAM/DVMDERN del 11 de MORDAZA de 2014, del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 049-2014MINAM/DVMDERN/DGEVFPN del 10 de MORDAZA de 2014, de la Direccion General de Evaluacion, Valoracion y Financiamiento del Patrimonio Natural; y demas antecedentes; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 1013 se creo el Ministerio del Ambiente ­ MINAM como organismo del Poder Ejecutivo, rector del sector ambiental, con personeria juridica de derecho publico, que tiene entre sus funciones, dirigir el Sistema Nacional de Gestion Ambiental, el Sistema de Evaluacion de Impacto Ambiental y el Sistema Nacional de Informacion Ambiental, asi como promover la participacion ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible y fomentar un cultura ambiental; Que, el articulo 85 numeral 85.3 de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que la Autoridad Ambiental Nacional, en coordinacion con las autoridades ambientales sectoriales y descentralizadas, elabora y actualiza permanentemente el inventario de los recursos naturales y de los servicios ambientales que prestan, estableciendo su correspondiente valorizacion; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM, se aprobo la Politica Nacional del Ambiente, cuyo Eje de Politica 1 establece, entre sus objetivos, lograr la implementacion de instrumentos de evaluacion, valoracion y

financiamiento para la conservacion de los recursos naturales, diversidad biologica y servicios ambientales en el pais; y como lineamiento de politica del tema 4: Aprovechamiento de los Recursos Naturales, literal g), fomentar la valoracion economica de los servicios ambientales que proporciona la diversidad biologica y en particular, los ecosistemas fragiles incluyendo los bosques humedos tropicales, para la prevencion y recuperacion del ambiente; Que, asimismo, el Plan Nacional de Accion Ambiental ­ PLANAA PERU: 2011-2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2011-MINAM, contempla en su Meta 7: Gobernanza Ambiental, como Accion Estrategica 7.10, inventariar, evaluar y valorar el patrimonio natural para su conservacion, gestion sostenible y articulacion de las Cuentas Nacionales; Que, de conformidad con el articulo 11 literal h) del Reglamento de Organizacion y Funciones del MINAM, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, corresponde al Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, entre otras funciones, elaborar el inventario y establecer mecanismos para valorizar el Patrimonio Natural del MORDAZA en coordinacion con las autoridades sectoriales y descentralizadas, con el fin de mantener la provision de los servicios ambientales, asi como promover el financiamiento, el pago y la supervision de los mismos; Que, el articulo 38º literal a) del referido Reglamento, dispone que la Direccion General de Evaluacion, Valoracion y Financiamiento del Patrimonio Natural del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales, tiene entre sus funciones, formular y promover en coordinacion con las entidades competentes, la politica, planes, estrategias, instrumentos, normas y directivas de caracter nacional para la evaluacion y valoracion de los recursos naturales, la diversidad biologica y los servicios ambientales y su degradacion, proponiendo su aprobacion; Que, en dicho contexto, el Ministerio del Ambiente, a traves de la Direccion General de Evaluacion, Valoracion y Financiamiento del Patrimonio Natural, ha elaborado la "Guia de Valoracion Economica del Patrimonio Natural"; la que previa a su aprobacion formal, requiere ser puesta en conocimiento del publico para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, de conformidad con lo establecido en el articulo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM; Con el visado de la Secretaria General; del Viceministerio de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales; de la Direccion General de Evaluacion, Valoracion y Financiamiento del Patrimonio Natural; y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Disponer la publicacion del Proyecto de la "Guia de Valoracion Economica del Patrimonio Natural", que como anexo forma parte integrante de la presente resolucion, en el MORDAZA Web Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam.gob.pe/consultaspublicas), a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados por un plazo de veinticinco (25) dias utiles, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el diario oficial El Peruano. Articulo 2.- Las sugerencias y comentarios sobre el proyecto normativo senalado en el articulo 1º de la presente resolucion, deberan ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede central se encuentra ubicada en la Avenida MORDAZA MORDAZA Oeste Nº 1440, San MORDAZA ­ MORDAZA, y/o a la direccion electronica valoracion@ minam.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente 1120193-2

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