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El Peruano Viernes 8 de agosto de 2014 529601 Productivo y el Crecimiento Empresarial, modifi có la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la referida Ley N° 29951, estableciendo la ampliación de la vigencia del Capítulo I del Decreto de Urgencia N° 058- 2011 hasta el 31 de diciembre de 2016; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 7 del Decreto de Urgencia N° 058-2011, para el caso de los bienes del Ministerio de Educación, éstos serán recibidos por Comités de Recepción certifi cados por la Unidad de Gestión Educativa Local - UGEL respectiva, los cuales estarán conformados por representantes de padres de familia y la Dirección del Centro Escolar o el Coordinador de Programas no Escolarizados de Educación Inicial – PRONOEI; Que, el artículo 8 del Decreto de Urgencia N° 058-2011 señala que la acreditación de los Comités de Recepción será formalizada mediante Resolución Ministerial que deberá ser publicada en el portal institucional del Ministerio de Educación, del Ministerio de la Producción y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, las Unidades de Gestión Educativa Local detalladas en los Anexos que forma parte de la presente Resolución, han cumplido con certifi car a los Comités de Recepción en las instituciones educativas a su cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley N° 26510; el Decreto de Urgencia N° 058-2011; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifi cada por la Ley N° 30056; y, el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Acreditar a los Comités de Recepción de las instituciones educativas benefi ciarias del Programa de Compras a MYPErú, establecido en el Marco del Decreto de Urgencia N° 058-2011, correspondientes a las Unidades de Gestión Educativa Local cuya relación se detalla en los Anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES y a las Direcciones Regionales de Educación respectivas. Artículo 3.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución y sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe/). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1120494-1 Modifican Anexo 2 de la R.M. N° 298- 2014-MINEDU que contiene metas por escala y grupo de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 365-2014-MINEDU Lima, 7 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que los profesores nombrados, pertenecientes al régimen de la Ley N° 24029, comprendidos en los niveles magisteriales I y II, son ubicados en la primera escala magisterial, los del III nivel magisterial en la segunda escala magisterial, y los comprendidos en los niveles magisteriales IV y V son ubicados en la tercera escala magisterial a que se refi ere la citada Ley; siendo que para facilitar su acceso a la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, el Ministerio de Educación convoca excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0631-2013- ED, se convocó excepcionalmente a dos concursos públicos nacionales dirigidos a los profesores procedentes de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado, para acceder a la tercera, cuarta, quinta y sexta escalas magisteriales; los cuales, conforme a lo dispuesto por la Resolución Ministerial N° 298-2014-MINEDU, se realizarán en setiembre de 2014 y enero de 2015; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 813-2014-MINEDU de fecha 16 de junio de 2014, se aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial”, la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los referidos concursos públicos excepcionales; así como, sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de los citados concursos; Que, a través del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 298-2014-MINEDU de fecha 11 de julio de 2014, se establecen las metas de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, previstos en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, las mismas que como Anexo 2 forman parte de integrante de la referida resolución; Que, mediante Memorándum N° 10235-2014- MINEDU/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto señala que en el Presupuesto Autorizado del Pliego para el presente año, se han previsto recursos hasta por la suma de S/. 490 000 000,00 para fi nanciar la implementación de la Ley de Reforma Magisterial; de los cuales, según lo informado por la Dirección General de Desarrollo Docente, se han programado compromisos de transferencias de recursos hasta por la suma de S/. 469 500 000,00, quedando un saldo disponible de S/. 20 500 000,00; por lo que, se cuenta con los recursos disponibles para fi nanciar el incremento de las metas de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación; Que, a través del Ofi cio Nº 305-2014-MINEDU/VMGP- DIGEDD, el Director de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Viceministerio de Gestión Pedagógica el Informe Nº 170-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, el cual sustenta la necesidad de modifi car las metas por escala y grupo, según modalidad, forma y nivel educativo de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación, establecidas mediante Resolución Ministerial N° 298-2014-MINEDU; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial aprobado por el Decreto Supremo Nº 004- 2013-ED y su modifi catoria; el Decreto Supremo Nº 006- 2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; y las Normas para los Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial, aprobadas por Resolución de Secretaría General N° 813-2014-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el Anexo 2 de la Resolución Ministerial N° 298-2014-MINEDU, que contiene las metas por escala y grupo de los concursos públicos nacionales excepcionales de reubicación en la tercera, cuarta, quinta y sexta escala magisterial, convocados mediante Resolución Ministerial N° 0631-2013-ED, en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente resolución.