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El Peruano Domingo 24 de agosto de 2014 530801 Supremo N° 043-2014-PCM, estando pendientes de realizar los estudios hidrogeológicos con más detalle en la parte alta de la Quebrada Balcompata; así como, la adquisición de combustible para iniciar los trabajos de descolmatación del material acumulado; concluir los estudios técnicos específi cos y metrados para la elaboración de los PIP de emergencia; y, realizar el levantamiento topográfi co integral de toda la cuenca y estudio de estabilidad de taludes para ver el tipo de intervención a ejecutar, entre otras acciones; por lo que ha emitido opinión favorable para aprobar la prórroga del Estado de Emergencia ante el muy alto riesgo existente en la Quebrada Balcompata del distrito de Limatambo, provincia de Anta, departamento de Cusco, por un plazo de treinta (30) días calendario; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia decretado mediante Decreto Supremo Nº 043-2014-PCM, y subsistiendo las condiciones de peligro inminente en las zonas afectadas, es necesario prorrogar su vigencia, con el fi n de continuar las acciones de respuesta y rehabilitación correspondiente, así como de reducción y minimización del alto riesgo existente; por lo que se cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorándum N° 329-2014- PCM-SGRD, considerando que corresponde prorrogar el Estado de Emergencia; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú, que establece que la prórroga del Estado de Emergencia requiere de nuevo decreto, así como el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que establece que la prórroga del Estado de emergencia podrá ser requerida con la debida sustentación por el Gobierno Regional respectivo, el que canalizará su solicitud a través del INDECI; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Prórroga de Declaratoria de Estado de Emergencia Prorrogar por el término de treinta (30) días calendario, a partir del 26 de agosto de 2014, el Estado de Emergencia en la Quebrada Balcompata, del distrito de Limatambo, de la provincia de Anta, en el departamento de Cusco, decretado por Decreto Supremo Nº 043-2014-PCM, a fi n de continuar las acciones de respuesta y rehabilitación correspondiente, así como de reducción y minimización del alto riesgo existente. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Cusco, la Municipalidad Provincial de Anta, la Municipalidad Distrital de Limatambo, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participación del Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud y demás instituciones públicas y privadas involucradas dentro de sus competencias, continuarán ejecutando las medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modifi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, será responsable de realizar las coordinaciones necesarias entre el Gobierno Regional del Cusco, la Municipalidad provincial de Anta, la Municipalidad distrital de Limatambo, el Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Salud y demás instituciones públicas y privadas involucradas,