Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2014 (18/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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1.3 El referido endeudamiento externo estara sujeto a una comision de compromiso equivalente a 0,25% anual sobre el principal del prestamo no desembolsado y a una comision de administracion del 1% sobre el monto total del prestamo, por una sola vez. Articulo 2.- Unidad Ejecutora La Unidad Ejecutora del "Programa de MORDAZA Generacion de Reformas del Sector Saneamiento III" sera el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. Articulo 3.- Suscripcion de documentos Autoricese al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru el contrato de prestamo de la operacion de endeudamiento externo que se aprueba en el articulo 1 de este decreto supremo; asi como al Director General de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4.- Servicio de la deuda El servicio de amortizacion, intereses, comisiones y demas gastos que ocasione la operacion de endeudamiento externo que se aprueba mediante el articulo 1 del presente decreto supremo, sera atendido por el Ministerio de Economia y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda publica. Articulo 5.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1179224-2

El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014

les MORDAZA aplicables, a lo establecido a traves del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, asi como a las directivas que, para tal efecto, emita la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, asimismo, en el MORDAZA de lo que dispone el articulo 74 del mencionado Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, corresponde a la Direccion General de Presupuesto Publico emitir las directivas que contemplan los procedimientos y los plazos correspondientes al MORDAZA Presupuestario de las entidades bajo su ambito; Que, el articulo 36 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003PCM, senala que las entidades del Sector Publico cuyo presupuesto no forme parte del Presupuesto General de la Republica, deben aprobar este a mas tardar el 15 de diciembre del ano previo a su entrada en vigencia, por el organo correspondiente establecido en las normas vigentes; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas que permitan a los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales regular su MORDAZA presupuestario para el Ano Fiscal 2015; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el articulo 36 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion del Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos Apruebase el Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Ano Fiscal 2015, de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, ascendente a la suma de UN MIL OCHOCIENTOS QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO DIECISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 815 947 117,00), conforme el detalle siguiente:
INGRESOS Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados Donaciones y Transferencias Recursos por Operaciones Oficiales de Credito TOTAL INGRESOS En nuevos soles 1 591 267 880,00 217 429 237,00 7 250 000,00 -----------------------1 815 947 117,00 ============== En nuevos soles EGRESOS Gastos Corrientes Gastos de Capital Servicio de la Deuda TOTAL EGRESOS 1 435 659 499,00 354 875 824,00 25 411 794,00 -----------------------1 815 947 117,00 ==============

Aprueban Presupuesto Consolidado de Ingresos y Egresos para el Ano Fiscal 2015 de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO N° 347-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del punto 3 numeral 53.1 del articulo 53 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, la Direccion General de Presupuesto Publico basada en los proyectos de presupuesto revisados, en las sustentaciones realizadas y en el resultado de las coordinaciones efectuadas con cada una de las Entidades, aprueba el Presupuesto Consolidado de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, dentro de lo que dispone el Capitulo VI del Titulo II de la citada Ley, dichas Entidades en lo referente a la programacion y formulacion, aprobacion, ejecucion y evaluacion presupuestaria, se sujetan, en las partes que

Articulo 2.- Desagregado del Presupuesto de Apertura El desagregado del Presupuesto aprobado en el articulo precedente, a nivel de Organismo Publico Descentralizado y Empresa del Gobierno Regional y Gobierno Local, se detalla en los Anexos que forman parte de la presente MORDAZA legal, los cuales son publicados en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas www.mef.gob.pe, en la misma fecha de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a lo siguiente:
Descripcion Distribucion del Egreso de los Organismos Publicos Descentralizados y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales - Por Fuente de Financiamiento y Generica del Gasto. Anexo

Anexo Nº I

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