Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2014 (18/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014

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Que, el literal b) del articulo 7 de la Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565, establece que "es funcion exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaracion, investigacion, proteccion, conservacion, puesta en valor, promocion y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion"; Que, asimismo el articulo 14 de la Ley MORDAZA indicada, establece que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la declaracion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolucion Ministerial Nº 080-2011-MC y sus modificatorias, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, con fecha 14 de junio de 2013 los senores MORDAZA Vilcapaza MORDAZA y MORDAZA Rosmeri MORDAZA MORDAZA, presentaron el expediente mediante el cual solicitaban la declaratoria de la Festividad del Patron San MORDAZA MORDAZA del distrito de Huambo, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, como Patrimonio Cultural de la Nacion, al MORDAZA de las normas vigentes; Que, mediante Informe N° 525-2014-DGPC-VMPCIC/ MC, la Direccion General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe Nº 476-2014-DPI-DGPC/MC emitido por la Direccion de Patrimonio Inmaterial, a traves del cual se recomienda la declaratoria de la Festividad del Patron San MORDAZA MORDAZA de Huambo, como Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el referido expediente ingreso a la Direccion de Patrimonio Inmaterial el 17 de junio de 2013. Asimismo, luego de la revision del expediente de solicitud de declaratoria de la Festividad del Patron San MORDAZA MORDAZA del distrito de Huambo, como Patrimonio Cultural de la Nacion, la Direccion de Patrimonio Inmaterial, mediante el Informe N°092-2014-DPI-DGPC/MC con fecha 11 de marzo de 2014, devolvio el referido expediente al encontrar imagenes de video en internet de corridas de toros al estilo MORDAZA europeo, es decir con colocacion de banderillas y muerte del animal, como parte de esta festividad. El 6 de noviembre de 2014, la Direccion Desconcentrada de Cultura de MORDAZA remitio a la Direccion de Patrimonio Inmaterial una carta con fecha 12 de MORDAZA de 2014 en la cual las autoridades y representantes del pueblo de Huambo explican que esta corrida de toros se produjo en la fiesta del ano 2012 y que no forma parte de sus tradiciones, sino por el contrario, que este hecho les sirvio para deslindar con estos actos y establecer no incorporarlos mas como parte de su festividad. La misiva ratifico ademas la decision de velar porque sus costumbres contribuyan a la erradicacion de la MORDAZA de la violencia y el maltrato a los animales; Que, asimismo, se presento una carta de los antropologos Rosmeri MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Vilcapaza MORDAZA, quienes realizaron la investigacion para el expediente, mediante la cual los antropologos respaldan la carta de las autoridades y representantes del pueblo de Huambo y ademas mencionan que durante las festividades del patron San MORDAZA MORDAZA de Huambo de los anos 2013 y 2014, se desarrollo su practica tradicional, es decir el toropuqllay o actividad de jugar con el MORDAZA que no implica dano al animal. Cabe senalar que los contenidos de esta tradicion cultural respaldan lo manifestado en MORDAZA cartas, ya que en esta festividad sobresale el cuidado y la veneracion que los portadores tienen hacia los animales vacunos a traves de los actos rituales que realizan. Siendo estas las razones por las que se suspendio el presente MORDAZA de declaratoria, se prosiguio luego con el tramite respectivo; Que, el pueblo de Huambo esta dividido en dos zonas o barrios: anansaya y urinsaya, division que proviene de la antigua tradicion dual MORDAZA expresada en la division espacial y mitica MORDAZA y hurin, MORDAZA de arriba y MORDAZA de abajo, respectivamente. Se trata de una comunidad agropecuaria que desde tiempos ancestrales ha basado su economia en las redes sociales de intercambio reciproco para el acceso a los recursos de diversos pisos ecologicos; Que, el pueblo de Huambo fue creado en el periodo de las reducciones toledanas, llevadas a cabo entre 1571 y 1574, y fue puesto bajo la advocacion de San MORDAZA por los frailes franciscanos encargados de la evangelizacion en esta zona. La Fiesta de San MORDAZA MORDAZA de Huambo

y recomienda la emision de la respectiva Resolucion Jefatural para el inicio de sus funciones, de acuerdo a la normativa vigente; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan el desarrollo de las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Pampas MORDAZA (Codigo XI) en el MORDAZA de la legislacion vigente en materia de recursos hidricos; Con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Direccion de Administracion de Recursos Hidricos, Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, Secretaria General, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos y las facultades y atribuciones conferidas por el Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar el inicio de las funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Pampas MORDAZA (Codigo XI), a partir del dia 16 de diciembre de 2014, ejerciendo sus funciones de acuerdo a Ley, dandose por concluido el MORDAZA de implementacion de dicho organo desconcentrado. Articulo 2º.- Precisar que las Administraciones Locales de Agua del ambito de la Autoridad Administrativa del Agua Pampas MORDAZA (Codigo XI), continuen ejerciendo la funcion de primera instancia administrativa hasta el dia 15 de diciembre de 2014. Articulo 3º.- Disponer que los expedientes administrativos que no hayan sido resueltos al dia 15 de diciembre de 2014 y que MORDAZA de competencia de la Direccion de la Autoridad Administrativa del Agua Pampas MORDAZA (Codigo XI), MORDAZA remitidos a la citada Direccion para la prosecucion de su tramite, sin retrotraer etapas ni suspender plazos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1179054-1

CULTURA
Declaran Patrimonio Cultural de la Nacion a la Festividad del Patron San MORDAZA MORDAZA de Huambo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 135-2014-VMPCIC-MC MORDAZA, 15 de diciembre de 2014 Vistos, los Expedientes Nros. 024335-2013 y 0583192014; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21 de la Constitucion Politica del Peru senala que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el numeral 2) del articulo 1 de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley Nº 28296, establece que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

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