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El Peruano Jueves 18 de diciembre de 2014 540074 Que, la Fiesta de San Lorenzo Mártir de Huambo es una tradición que se desarrolla con un fuerte componente ritual y ceremonial propio de esta zona y que responde a un conjunto de normas, protocolos y formas de organización que deben cumplirse a cabalidad bajo la conducción de cada negro. Más allá de que en esta festividad se combinan elementos sagrados y rituales tanto andinos como occidentales católicos, se trata de una tradición prehispánica por excelencia, dada la importancia que tienen elementos ancestrales andinos como son el sistema dual; el principio de reciprocidad, solidaridad y apoyo mutuo; el trabajo colectivo; los principios del compartir y agradecer; el culto al sol, a la tierra, a las montañas; el uso ritual de la hoja de coca; y la relación también ritual que establece el hombre andino con los animales; asimismo, la red de reciprocidad permite que la fi esta se sostenga y pueda continuar cada año, siendo a su vez una manifestación cultural que integra a la sociedad huambina en su conjunto y genera una cohesión espiritual importante en la población; Que, esta tradición congrega a hombres y mujeres de todas las edades, quienes juegan un papel importante a partir de su fe y devoción por San Lorenzo, imagen católica que se reconfi gura, reproduce y reinterpreta de maneras distintas para ser incorporada a esta tradición andina y representar a cada espacio, adecuándose a la antigua y tradicional estructura dual de hanan y hurin; Que en su relación sagrada con la naturaleza, la Festividad de San Lorenzo Mártir de Huambo constituye un claro ejemplo de cómo lo cotidiano en el mundo andino es a su vez sagrado, siendo la naturaleza un ente divino y animado al cual esta población se encuentra estrechamente vinculada, tanto desde su vida cotidiana como desde su espiritualidad. Al relacionar el ciclo festivo ritual, propio de esta celebración, con el ciclo agrícola, vemos que el mes de agosto es en los Andes tiempo de escasez, ya que los productos de la cosecha se van agotando y queda poco pasto para el ganado. Es por ello que los rituales a la pachamama o madre tierra y a los apus se hacen presentes, así como los rituales de ofrenda con hojas de coca y licor. Sobresale como elemento tradicional de esta zona, la elaborada y creativa decoración de las andas con diversos frutos, lo cual simbolizaría no solo la abundancia agrícola que se le implora a la divinidad, sino también una ofrenda que se le otorga a la misma; Que, en esta celebración el orden tanto social y político, así como el orden religioso y económico del pueblo, están integrados en un todo y van íntimamente relacionados. La ritualidad atraviesa todos los elementos festivos, donde incluso la competencia se convierte en un ritual. La fi esta expresa además una visión de la autoridad, que pone orden y organiza pero al mismo tiempo entretiene y recibe el afecto de sus pobladores, e incorpora también a lo foráneo de manera alegre y cómica; Que, la complejidad particular de este sistema festivo forma parte de la gran riqueza cultural que constituye esta tradición, la cual rescata elementos ancestrales de la cosmovisión andina y los mantiene vigentes. La estructura y el orden festivos son un refl ejo de la forma de vida de este pueblo, en tanto se dan bajo los mismos principios que rigen las diversas actividades cotidianas y la manera cómo se confi guran sus relaciones humanas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, el Informe N° 476-2014-DPI- DGPC/MC forma parte de la presente Resolución desde que detalla las características, importancia, valor, alcance y signifi cado de la referida festividad; Con el visado de la Directora General (e) de la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296; Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565; el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC y la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011/MC, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Festividad del Patrón San Lorenzo Mártir de Huambo, que se realiza en la comunidad campesina y distrito del mismo nombre, ubicado en la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, por ser una tradición andina de gran originalidad y riqueza en su contenido ritual, que mantiene vivos elementos prehispánicos vinculados a una organización espacial y social bajo formas y principios ancestrales, los cuales rigen la vida de este pueblo y son referente de su identidad. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y la difusión del Informe Nº 476-2014-DPI-DGPC/MC y la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 3°.- Notifi car la presente Resolución y el Informe Nº 476-2014-DPI-DGPC/MC al señor Walter Vilcapaza Quispe, la señora Emilia Rosmeri Bejarano Jiménez, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Arequipa y la Municipalidad Distrital de Huambo, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1178236-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban operaciones de endeudamiento externo con el KfW DECRETO SUPREMO N° 345-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del Artículo 4 de la Ley Nº 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 366 910 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, como consecuencia de la reasignación efectuada al amparo de lo dispuesto en el numeral 4.3 del citado Artículo 4, entre los montos de endeudamiento previstos en el numeral 4.1 y en el numeral 4.2 del mismo, el monto máximo de endeudamiento externo autorizado para el Año Fiscal 2014, asciende a US$ 1 805 506 491,23 (MIL OCHOCIENTOS CINCO MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 23/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con el Kreditanstalt für Wiederaufbau – KfW, hasta por la suma de EUR 15 000 000,00 (QUINCE MILLONES Y 00/100 EUROS), denominada “Programa de Reforma de Gestión Municipal, Fase II”, a ser ejecutada por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, tal endeudamiento se efectuará con cargo al “Apoyo a la Balanza de Pagos” referido en el literal b) del numeral 4.1 del Artículo 4 de la Ley Nº 30116; Que, el citado endeudamiento será destinado para atender parte del pago del servicio de la deuda pública en armonía con el Marco Macroeconómico Multianual 2015- 2017 Revisado; Que, por el carácter fungible de la operación de endeudamiento externo, no se requiere de disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional; Que, la operación de endeudamiento externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2014-EF; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas;