Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2014 (08/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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VISTA, la solicitud formulada con escrito de registro Nº 2012-043691 de fecha 13 de MORDAZA de 2012, por la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE S.R.L. sobre aprobacion de transferencia a favor de la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 406-94MTC/15.17 de fecha 23 de noviembre de 1994, se otorgo a la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE S.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que, con Resolucion Viceministerial No. 425-2011MTC/03 de fecha 28 de MORDAZA de 2011, se renovo la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial No. 406-94-MTC/15.17 a la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE S.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chimbote, del departamento de Ancash; senalando que el plazo vence el 26 de noviembre de 2014; Que, mediante escrito de Vista, la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE S.R.L. solicito la aprobacion de la transferencia de la autorizacion que fuera renovada con Resolucion Viceministerial No. 425-2011-MTC/03, a favor de la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A.; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestacion del servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial, conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular de la autorizacion. Asimismo, senala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 74º y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, con el reconocimiento del MORDAZA titular de la autorizacion, este asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorizacion; Que, mediante Informe Nº 3379-2013MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que es procedente aprobar la transferencia de la autorizacion que fuera renovada a la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE S.R.L. con Resolucion Viceministerial No. 425-2011-MTC/03 a favor de la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., al haberse cumplido con la MORDAZA de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorizacion, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, el Reglamento de Organizacion y funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado con Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada a la empresa RADIO TELEVISION CHIMBOTE

El Peruano Miercoles 8 de enero de 2014

S.R.L. por Resolucion Ministerial No. 406-94-MTC/15.17 y renovada con Resolucion Viceministerial No. 425-2011MTC/03, a favor de la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A., conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, relacionados a dicha autorizacion, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Chimbote, departamento de Ancash. Articulo 2º.- Reconocer a la EMPRESA RADIODIFUSORA MARCONI S.A. como titular de la autorizacion senalada en el articulo precedente, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1034679-1

Otorgan a personas naturales y juridicas autorizaciones para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en localidades de los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA, Tacna, MORDAZA, MORDAZA y Pasco
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 652-2013-MTC/03 MORDAZA, 19 de diciembre del 2013 VISTO, el Expediente Nº 2012-050276 presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Cajabamba-Condebamba (Cauday), departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 101-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio

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