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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2014 (08/01/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 31

El Peruano Miércoles 8 de enero de 2014 513865 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de diciembre de 2013 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 254-2013/SIS Lima, 30 de diciembre de 2013 VISTOS: El Informe N° 024-2013-SIS-GNF-PCT con Proveído Nº 332-2013-SIS-GNF, emitidos por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de subsidio por sepelio a nivel nacional, el Memorando N° 632-2013-SIS/OGPPDO, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 052-2013-SIS/OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, en el numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el párrafo 12.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, por Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea al Seguro Integral de Salud como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de administrar fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afi liados; Que, a través del artículo 2° del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional; Que, con Resolución Ministerial N° 934-2010/MINSA se modifi ca el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 872-2009/MINSA, en el que facultan al Seguro Integral de Salud a utilizar las modalidades o mecanismos de pago más adecuados para el fi nanciamiento de las prestaciones que se cubran en el marco del proceso de implementación del Aseguramiento Universal en Salud, incluyendo aquellas prestaciones que no se encuentran comprendidas en la Resolución Ministerial N° 240-2009/ MINSA, así como las que forman parte del Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), en tanto dure el proceso de reestructuración y adecuación del SIS a su nuevo rol de Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, por Resolución Ministerial N° 910-2011/MINSA, se modifi ca el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que “Las transferencias de recursos serán programadas por el SIS, a fi n de garantizar el oportuno fi nanciamiento de las prestaciones”; Que, de acuerdo al párrafo precedente y al numeral 8.2.3 de la Directiva Nº 001-2009/SIS/GF, que regula el Subsidio por Sepelio de Inscritos y Asegurados al SIS, aprobada por Resolución Jefatural Nº 148-2009/SIS, la misma que dispone que “La Ofi cina de Administración del SIS (OA), a través de los sistemas administrativos, formalizará la operación bancaria para el pago del subsidio a través de las agencias y/o sucursales del Banco de la Nación a nivel nacional y/u otra entidad bancaria autorizada por el SIS”; Que, conforme al Informe de vistos emitido por la Gerencia de Negocios y Financiamiento, la relación de casos de sepelios que se encuentran pendientes de pago a diciembre de 2013 corresponden al cierre de prestaciones no tarifadas al 20 de noviembre de 2013, las cuales se encuentran dentro de la vigencia de la Resolución Jefatural Nº 148-2009/SIS; Que, con Memorando N° 632-2013-SIS/OGPPDO, la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, informa que se ha procedido a ampliar la Certifi cación de Crédito Presupuestal N° 047 para el pago de los subsidios por sepelio; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de aprobar los pagos directos de subsidio por sepelio, correspondiente al mes de diciembre de 2013; Con el visto bueno de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Ofi cina General de Administración de Recursos y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del artículo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2011-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el pago directo como subsidio por sepelio a nivel nacional por la suma total de UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS VEINTISEIS CON 50/100 NUEVOS SOLES, (S/. 1’680,526.50) con cargo a la Fuente de Financiamiento 00-Recursos Ordinarios, correspondiente al mes de diciembre 2013, de acuerdo al siguiente detalle: 00-Recursos Ordinarios S/. 1’680,526.50 TOTAL S/. 1’680,526.50 Artículo 2°.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial “El Peruano”; así como coordinar la publicación en el Portal del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1035051-1 Aprueban transferencia total para las unidades ejecutoras, correspondiente al mes de diciembre de 2013 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 255-2013/SIS Lima, 30 de diciembre de 2013 Vistos, el Informe N° 006-2013-SIS-GNF, emitido por la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud, el Memorando N° 634- 2013-SIS/OGPPDO, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 053-2013-SIS/OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,