Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 60

514494
8860-2013-OS-GFE y Nº 9821-2013-OS-GFE, ingresados con registros N° 2338532 con fecha 29 de octubre de 2013 y Nº 2350895 con fecha 11 de diciembre de 2013, respectivamente, adjuntando los Informes de Supervision Especial Nº 010-2013/VEN y Nº 027/2010-2013-1201, respectivamente, senalando que ha verificado que no existen instalaciones electricas en el Lote E, Lotes 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del Proyecto de Habilitacion MORDAZA denominada Lote G, del Ex Fundo San MORDAZA, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, que fue objeto de gravamen por constitucion de servidumbre, razon por la que resulta aplicable lo dispuesto en el literal b) del articulo 119 de la Ley de Concesiones Electricas, mencionado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion; Que, en merito a los documentos mencionados en los considerados precedentes, asi como el Informe Nº 936-2013-DGE-DCE, de fecha 16 de diciembre de 2013, resulta procedente declarar extinguida la servidumbre constituida al MORDAZA de la Resolucion Ministerial Nº 162, sobre el Lote E, Lotes 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del Proyecto de Habilitacion MORDAZA denominada Lote G, del Ex Fundo San MORDAZA, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar extinguida la servidumbre constituida al MORDAZA de la Resolucion Ministerial N° 162 de fecha 30 de marzo de 1960, respecto al Lote E, Lotes 6, 7, 8, 9, 10 y 11, del Proyecto de Habilitacion MORDAZA denominada Lote G, del Ex Fundo San MORDAZA, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, liberandola del referido gravamen. Articulo 2.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1038263-1

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

Resuelven implementar el Sistema de Evaluacion Ambiental en Linea - SEAL
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 011-2014-MEM/DM MORDAZA, 14 de enero 2014 VISTO: La Resolucion Ministerial Nº 270-2011-MEM/DM, que aprobo el Sistema de Evaluacion Ambiental en Linea - SEAL para la MORDAZA, evaluacion y otorgamiento de Certificacion Ambiental para la Mediana y Gran Mineria; el Decreto Supremo Nº 054-2013-PCM, que aprueba disposiciones especiales para la ejecucion de procedimientos administrativos y la Resolucion Ministerial Nº 310-2013-MEM/DM, que aprueba los Criterios que regulan la modificacion de componentes mineros o ampliaciones y mejoras tecnologicas en las unidades mineras de proyectos de exploracion y explotacion con impactos ambientales no significativos. CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 27446 fue aprobado el Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental - SEIA, creandose un sistema unico y coordinado de identificacion, prevencion, supervision, control y correccion anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas en los proyectos de inversion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM fue publicado el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental, que en su articulo 8 establece las funciones de las autoridades sectoriales competentes, como el Ministerio de Energia

y Minas, entre las que se encuentran: conducir el MORDAZA de evaluacion de impacto ambiental a traves de la categorizacion, revision y aprobacion de los estudios ambientales; emitir normas, guias tecnicas, criterios, lineamientos y procedimientos para regular y orientar el MORDAZA de evaluacion de impacto ambiental; asi como otorgar en forma exclusiva y excluyente la certificacion ambiental para las Categorias I, II y III, entre otras; Que, la Resolucion Ministerial Nº 381-2008-PCM contempla los Lineamientos y mecanismos para implementar la interconexion de equipos de procesamiento electronico de informacion entre las entidades del Estado. Asi tambien por Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM fue aprobada la Politica Nacional de Gobierno Electronico 2013-2017, que considera, como algunos de sus objetivos: la transparencia, el ahorro de papel y la simplificacion en la administracion publica; asi como acercar los servicios del Estado al ciudadano y empresas mediante el uso de tecnologias de la informacion y comunicaciones; Que, con Resolucion Ministerial Nº 270-2011-MEM/ DM se creo el Sistema de Evaluacion Ambiental en Linea - SEAL para la MORDAZA, evaluacion y otorgamiento de Certificacion Ambiental para proyectos de Mediana Mineria y Gran Mineria, estableciendose la obligacion a los titulares mineros de presentar los instrumentos de gestion ambiental para la evaluacion, a cargo de la Direccion General de Asuntos Ambientales Mineros DGAAM, exclusivamente a traves del MORDAZA de Internet del Ministerio de Energia y Minas; para lo cual, la tramitacion y evaluacion de los estudios ambientales, el traslado y levantamiento de observaciones , asi como las notificaciones a los titulares y el ingreso de informacion, se realiza solo via SEAL; Que, dicha Resolucion Ministerial, contempla en su Primera Disposicion Complementaria, que la implementacion del SEAL, se realizara por etapas, "iniciandose con los Instrumentos de Gestion Ambiental para las Categorias I y II, proyectos de exploracion de la Mediana Mineria y Gran Mineria". En ese sentido, se implemento el SEAL para presentar y evaluar los estudios de exploracion, a partir del 1 de MORDAZA de 2011; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2013PCM se aprobaron disposiciones especiales para los procedimientos administrativos de autorizaciones y/o certificaciones para los proyectos de inversion en el ambito del territorio nacional. Dicho dispositivo, en su articulo 4, establece un procedimiento especial para efectuar modificaciones a componentes auxiliares o ampliaciones en proyectos de inversion con certificacion ambiental aprobada que tengan impacto ambiental no significativo, o se pretendan hacer mejoras tecnologicas en las operaciones; Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 3102013-MEM/DM fueron aprobados los criterios que regula la MORDAZA de los Informes Tecnicos Sustentatorios (ITS) en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 054-2013-PCM, para dichas modificaciones de componentes mineros o ampliaciones y mejoras tecnologicas en las unidades mineras de proyectos de exploracion y explotacion con impactos ambientales no significativos que cuenten con certificacion ambiental; Que, el SEAL viene siendo utilizado para la MORDAZA y evaluacion no solo de los estudios ambientales para proyectos de exploracion minera, sino que tambien es utilizada para la MORDAZA de los Informes Tecnicos Sustentatorios (ITS) vinculados a dichos estudios ambientales para proyectos de exploracion minera; Que, el SEAL no ha sido implementado aun para los estudios ambientales para explotacion minera, no obstante resulta necesario iniciar su aplicacion para la MORDAZA y evaluacion de los Informes Tecnicos Sustentorios (ITS) vinculados a proyectos de explotacion de Categoria III (EIAd), con certificacion ambiental aprobada; por lo que resulta importante implementar el uso del SEAL para tales fines; De conformidad con lo dispuesto por el literal h) del articulo 9º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Objeto de la MORDAZA Implementar el Sistema de Evaluacion Ambiental en Linea ­ SEAL, que esta a cargo de la Direccion General

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.