Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

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de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energia y Minas, para la MORDAZA y evaluacion de los Informes Tecnicos Sustentatorios para modificaciones de componentes auxiliares o ampliaciones en proyectos de inversion con certificacion ambiental aprobada que tengan impacto ambiental no significativo, o se pretendan hacer mejoras tecnologicas en las operaciones mineras de explotacion que cuenten con los Estudios de Impacto Ambiental (EIAd) de Categoria III aprobado, pertenecientes a la Mediana Mineria y Gran Mineria. Articulo 2.- Solicitud Las solicitudes de evaluacion de los Informes Tecnicos Sustentatorios a que se refieren el articulo 1 de la presente resolucion, se realizaran via extranet del MORDAZA Web siguiente: http://extranet.minem.gob.pe. Articulo 3.- Requerimiento de informacion A requerimiento de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Energia y Minas, el titular minero estara obligado a presentar en medio fisico cualquier documento contenido en formato digital en las solicitudes de evaluacion de los Informes Tecnicos Sustentatorios a que se refieren el articulo 1 de la presente Resolucion. Articulo 4.- De los procedimientos en tramite Las solicitudes de evaluacion de los Informes Tecnicos Sustentatorios, que se hayan presentado en medio fisico y se encuentren en tramite a la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, continuaran segun el anterior procedimiento hasta su culminacion. Articulo 5.- Vigencia La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia a los diez (10) dias siguientes de su publicacion. Registrese y comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1038183-1

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Convenio entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos para Evitar la Doble Tributacion y para Prevenir la Evasion Fiscal en relacion con los Impuestos sobre la Renta" y su Protocolo
DECRETO SUPREMO Nº 003-2014-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos para Evitar la Doble Tributacion y para Prevenir la Evasion Fiscal en relacion con los Impuestos sobre la Renta" y su Protocolo, que constituye parte integrante del mismo, fueron hechos el 27 de MORDAZA de 2011, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, y aprobados por Resolucion Legislativa N° 30144 del 27 de diciembre de 2013; Que, es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion de los citados instrumentos juridicos internacionales; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 56° y 118° inciso 11 de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 2° de la Ley Nº 26647; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio entre la Republica del Peru y los Estados Unidos Mexicanos para Evitar la Doble Tributacion y para Prevenir la Evasion Fiscal en relacion con los Impuestos sobre la Renta" y su Protocolo, que constituye parte integrante del mismo, hechos el 27 de MORDAZA de

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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