Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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Articulo 3º.- La Direccion Tecnica de Indicadores Economicos (DTIE) del INEI, mediante oficio, remitira a las empresas y/o establecimientos seleccionados, el requerimiento de informacion asi como los formularios para todo el ano 2014, los cuales deberan ser diligenciados y remitidos al INEI. Articulo 4º.- Las personas naturales y juridicas obligadas a la MORDAZA de la informacion que incumplan con la devolucion de los formularios debidamente diligenciados en el plazo establecido, seran sancionadas conforme lo dispuesto en los articulos 87º, 89º, 90º y 91º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 1039122-1

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

para la elaboracion del indice unificado de Flete Terrestre (codigo 32), y, establecer como plazo MORDAZA para la entrega del formulario diligenciado con informacion al ultimo mes de cada trimestre, los primeros cinco dias utiles de finalizado el trimestre. Articulo 3º.- La Direccion Tecnica de Indicadores Economicos (DTIE) del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, mediante oficio remitira a las empresas y/ o agencias de transporte seleccionadas, los formularios de la referida Encuesta Trimestral, para todo el ano 2014, los cuales deberan ser diligenciados y remitidos al INEI. Articulo 4º.- Las personas naturales y juridicas obligadas a la MORDAZA de la informacion que incumplan con la devolucion de los formularios debidamente diligenciados en el plazo establecido, seran sancionadas conforme a lo dispuesto en los articulos 87º, 89º, 90º y 91º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 1039122-2

Disponen continuidad de la ejecucion de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, para elaborar el Indice de Flete Terrestre, en MORDAZA Metropolitana
RESOLUCION JEFATURAL Nº 011-2014-INEI MORDAZA, 14 de enero de 2014 Visto, el Oficio Nº 241-2013-INEI/DTIE, de la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos, solicitando autorizacion para la continuidad de la ejecucion de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadistica, cuyo ambito de competencia, faculta la realizacion de tareas tecnicas y cientificas con fines de cuantificar los hechos economicos y sociales para producir las estadisticas oficiales del pais; Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), en cumplimiento del Decreto Ley Nº 25862, desde diciembre de 1992, ha asumido las funciones de elaboracion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion; del cual forma parte el Indice de Flete Terrestre; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos, como organo tecnico normativo del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, viene captando en forma continua informacion de precios a traves de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, por lo que resulta pertinente continuar y aprobar los formularios de la indicada Encuesta para el ano 2014, dirigida a las empresas y/o agencias de transporte de carga a nivel de MORDAZA Metropolitana, asi como fijar el plazo para su entrega, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 0432001-PCM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer, la continuidad de la ejecucion de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga, para elaborar el Indice de Flete Terrestre, dirigida a las empresas y/o agencias de transporte, cuya cobertura es MORDAZA Metropolitana, la que estara a cargo de la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos (DTIE), en la MORDAZA de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao. Articulo 2º.- Aprobar los formularios de la Encuesta Trimestral de Flete de Transporte Terrestre de Carga,

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Belgica, en comision de servicios
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 010-2014/SUNAT MORDAZA, 15 de enero de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Carta Nº 13OL0019-MWA de fecha 25 de noviembre de 2013, la Secretaria General de la Organizacion Mundial de Aduanas (OMA), cursa invitacion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT para participar en la Conferencia Internacional de Origen a realizarse los dias 20 y 21 de enero y en la 32° Sesion del Comite Tecnico de Reglas de Origen, a llevarse a cabo el 22 de enero de 2014, en la sede de la Organizacion Mundial de Aduanas (OMA) de la MORDAZA de Bruselas, Reino de Belgica; Que en la Conferencia Internacional de Origen y la 32° Sesion del Comite Tecnico de Reglas de Origen, se trataran temas de interes de la SUNAT, asimismo en dichos eventos los panelistas y participantes provendran en su mayoria de paises con los cuales el Peru ha suscrito acuerdos internacionales, lo que servira como plataforma para un dialogo fructifero y de cooperacion con el sector privado, la comunidad academica y el sector publico en el area de origen; Que la asistencia de la SUNAT a estos eventos, permitira el intercambio de experiencias en el control del origen por las aduanas con las demas Administraciones Aduaneras, lo que redundara en la mejora de los procedimientos aduaneros para la mejor utilizacion de los Tratados de Libre Comercio; Que en tal sentido, considerando que la participacion de la SUNAT se enmarca dentro del objetivo estrategico institucional que a su vez esta alineado con la politica del Estado de fortalecer la integracion regional y subregional en las esferas economico ­ comerciales, resulta de interes institucional la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, por lo que conforme al Informe Nº 1-2014SUNAT/3A0000 de fecha 7 de enero de 2014, resulta necesario autorizar la participacion del trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Muniz, Profesional III de la

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