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El Peruano Viernes 17 de enero de 2014 514505 División de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, para que concurra a los mencionados eventos; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT, resulta conveniente por razones de itinerario, autorizar el viaje del señor Jaime Américo Venero Muñiz, del 18 al 23 de enero de 2014 debiendo la SUNAT asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y viáticos; De conformidad con lo previsto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el artículo 11° del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, del 18 al 23 de enero de 2014, para que participe en la Conferencia Internacional de Origen y en la 32° Sesión del Comité Técnico de Reglas de Origen, a llevarse a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), alojamiento y manutención serán asumidos por la SUNAT con cargo a su Presupuesto del 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Jaime Américo Venero Muñiz Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 907,04 Viáticos US$ 2 700,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un Informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduanas de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1039144-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Magistrados Coordinadores de las Salas y Juzgados y/o sedes, para el Año Judicial 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 010-2014-P-CSJLI-PJ Lima, 10 de enero de 2014 VISTA: La Resolución Administrativa N° 11-2013-P-CSJLI/ PJ, Resolución Administrativa N° 079-2013-P-CSJLI/ PJ , Resolución Administrativa N° 119-2013-P-CSJLI/ PJ, Resolución Administrativa N° 001-2014-P-CSLI/ PJ, Resolución Administrativa N° 003-2014-P-CSLI/PJ y Resolución Administrativa N° 004-2014-P-CSJLI/PJ ; y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa N° 11-2013-P- CSJLI/PJ, Resolución Administrativa N° 079-2013-P- CSJLI/PJ , modifi cada por Resolución Administrativa N° 119-2013-P-CSJLI/PJ, se nombraron a los jueces coordinadores de las diversas especialidades y sedes del Distrito Judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima para el año judicial dos mil trece. Asimismo por Resoluciones Administrativas N° 001- 2014-P-CSLI/PJ, Resolución Administrativa N° 003-2014- P-CSLI/PJ y Resolución Administrativa N° 004-2014- P-CSJLI/PJ se dispuso la conformación de los diversos órganos jurisdiccionales para el presente año judicial dos mil catorce. Que, la figura de Juez Coordinador, se enmarca dentro de una política de trabajo coordinado y articulado entre la Presidencia y los Jueces, delegando facultades de Control y supervisión de los servicios administrativos que se brinda en los órganos jurisdiccionales , cautelando la pronta administración de justicia e incluso el cumplimiento de los deberes por parte de los diversos magistrados y personal jurisdiccional en determinada especialidad y/o sedes de nuestro distrito judicial: teniendo como objetivo la mejora del servicio de justicia que debemos a la ciudadanía. Por lo que en uso de las facultades conferidas al suscrito y previstas en los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR para el presente año judicial como Magistrado Coordinador de las Salas y Juzgados y/o sedes a los siguientes Jueces Superiores, en adición a sus funciones como integrantes de los Colegiados que actualmente conforman. CARMEN YLEANA MARTINEZ MARAVI MAGISTRADA COORDINADORA DE LA ESPECIALIDAD CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NANCY CORONEL AQUINO MAGISTRADA COORDINADORA DE LA ESPECIALIDAD FAMILIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA FERNANDO MONTES MINAYA MAGISTRADO COORDINADOR DE LA ESPECIALIDAD LABORAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA