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El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014 517268 1.2 Precisar que el Proyecto Especial Olmos- Tinajones del Gobierno Regional de Lambayeque mantendrá la titularidad de la reserva de recursos hídricos por los restantes 1 261,69 Hm3 anuales contenidos en la Resolución Jefatural Nº 243-2012-ANA. Artículo 2º.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Jequetepeque- Zarumilla, la Administración Local de Agua Alto Piura- Huancabamba y la Administración Local de Agua Motupe- Olmos-La Leche son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1052645-1 Descripción Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Set Oct Nov Dic Media/ Total Caudal (m3/s) 14,71 22,40 27,11 22,31 15,53 15,51 12,67 9,23 7,56 8,21 7,92 9,99 14,43 Volumen (Hm3) 39,39 54,19 72,61 57,82 41,60 40,19 33,94 24,72 19,59 21,99 20,53 26,72 453,31 Encargan funciones de la Administración Local de Agua Alto Amazonas RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 081-2014-ANA Lima, 18 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 763-2011- ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Iquitos, al señor Bienvenido Atoche Valladolid y con Resolución Jefatural N° 777-2011-ANA, se le encargo adicionalmente las funciones de la Administración Local de Agua Alto Amazonas; Que, posteriormente mediante el artículo 1° de la Resolución N° 047-2014-ANA, se dio por concluida la encargatura de funciones en la Administración Local de Agua Iquitos conferida al mencionado profesional; asimismo se le encargó temporalmente la Administración Local de agua Alto Amazonas al señor Héctor Hugo Bardales Sias; Que, en la fecha se ha determinado actualizar la encargatura de funciones en la Administración Local de Agua Alto Amazonas; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N°006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar a partir del día 18 de febrero de 2014, al señor Bienvenido Atoche Valladolid, las funciones de la Administración Local de Agua Alto Amazonas. Artículo 2º.- Déjese sin efecto, a partir del día 18 de febrero de 2014, los artículos 3° y 4° de la Resolución Jefatural N° 047-2014-ANA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1052645-2 ECONOMIA Y FINANZAS Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 004-2014-EF/15.01 Lima, 19 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía; Que, por Decreto Supremo N° 318-2013-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo del 1° de enero hasta el 30 de junio de 2014; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 1 al 15 de febrero de 2014; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modifi catorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo Del 01/02/2014 al 15/02/2014 240 467 482 5 252 Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GIANCARLO GASHA TAMASHIRO Viceministro de Economia 1052794-1