Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2014 (20/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014

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del delito contra la Tranquilidad Publica, en la modalidad de Terrorismo, en agravio del Estado peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primera Vicepresidenta de la Republica Encargada del Despacho de la Presidencia de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa Encargado del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 1052795-2

del Despacho Viceministerial de Gestion Institucional, en tanto se designe al titular de dicho cargo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 1052373-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitud de extradicion activa de ciudadano peruano y disponen su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA N° 038-2014-JUS MORDAZA, 19 de febrero de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados N.º 028-2014/ COE-TC, del 18 de febrero de 2014, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASO, formulada por la Sala Penal Nacional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 12 de febrero del 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASO, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Tranquilidad Publica, en la modalidad de Terrorismo, en agravio del Estado peruano (Expediente N.º 15-2014); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe N.º 028-2014/COE-TC, del 18 de febrero de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires, el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASO, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision

RELACIONES EXTERIORES
Resumen de los parrafos sustantivos de las partes considerativa y resolutiva de la Resolucion 2136 (2014) sobre la situacion relativa a la Republica Democratica del Congo, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
(La Resolucion de la referencia se publico en la edicion del dia 19 de febrero de 2014) ANEXO - RESOLUCION MINISTERIAL N° 120/RE-2014 Resumen Sustantivo de la Resolucion del Consejo de Seguridad Nº 2136 (2014) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7107ª sesion, celebrada el 30 de enero de 2014. "El Consejo de Seguridad, Recordando sus resoluciones anteriores y las declaraciones de su Presidencia relativas a la Republica Democratica del Congo, Reafirmando su decidido compromiso con la soberania, la independencia, la unidad y la integridad territorial de la Republica Democratica del Congo y de todos los Estados de la region, y poniendo de relieve la necesidad de respetar plenamente los principios de no injerencia, buena vecindad y cooperacion regional, ... Reiterando su profunda preocupacion por la crisis humanitaria y de seguridad en el este de la Republica Democratica del Congo debido a las actividades militares en curso de grupos armados nacionales y extranjeros, destacando la importancia de neutralizar a todos los grupos armados, entre ellos a las Fuerzas Democraticas de Liberacion de Rwanda (FDLR), la Alianza de Fuerzas Democraticas (ADF), el Ejercito de Resistencia del Senor (LRA) y diversos grupos Mayi Mayi, conforme a lo dispuesto en la resolucion 2098 (2013), ... Habiendo determinado que la situacion en la Republica Democratica del Congo sigue constituyendo una amenaza para la paz y la seguridad internacionales en la region, Actuando en virtud del Capitulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, 1. Decide prorrogar hasta el 1 de febrero de 2015 las medidas relativas a las MORDAZA impuestas por el parrafo 1 de la resolucion 1807 (2008) y reafirma las disposiciones de los parrafos 2, 3 y 5 de dicha resolucion, y decide ademas que las medidas relativas a las MORDAZA impuestas por el parrafo 1 de la resolucion 1807 (2008)no se aplicaran al

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