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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (20/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014 517285 Gerencia General correspondiente para dar a conocer la relación de las Agencias Marítimas, Agencias Fluviales, Agencias Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, a las que se les ha autorizado la prórroga de sus licencias para el año 2014; así como aquéllas a las que se les ha otorgado nuevas licencias; Que, la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente mediante el Informe Nº 105-2014-APN/DOMA de fecha 22 de enero de 2014, emitió opinión favorable para la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, de acuerdo a la evaluación legal recaída en el Informe Legal Nº 196-2014-APN/UAJ de fecha 05 de febrero de 2014, se concluye que es procedente la publicación de la relación de las Agencias Marítimas, Fluviales y Lacustres, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con la Ley del Sistema Portuario Nacional - Ley Nº 27943 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2004- MTC; Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la APN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016- 2005-MTC; Decreto Supremo Nº 010-99-MTC; y demás normas modifi catorias y complementarias. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la relación de Agencias Marítimas, Fluviales y Lacustres señaladas en el Anexo 1, y de las Empresas y cooperativas de Estiba y Desestiba señaladas en el Anexo 3, que forman parte de la presente resolución, a las que se les ha otorgado la prórroga de sus respectivas licencias, para que continúen ejerciendo legalmente sus actividades, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2014, en los puertos que se especifi ca en cada caso. Artículo 2°.- Dar a conocer la relación de las Agencias Marítimas, Fluviales y Lacustres señaladas en el Anexo 2 y las Empresas y cooperativas de Estiba y Desestiba señaladas en el Anexo 4, que forma parte de la presente resolución, a las que se les ha otorgado nuevas licencias, para ejercer sus actividades hasta el 31 de diciembre de 2014. Artículo 3°.- Los Anexos 1, 2, 3 y 4 que forman parte de la presente Resolución serán publicados en el Portal Electrónico de la Autoridad Portuaria Nacional, en la misma fecha de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú, y a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas para su conocimiento y fi nes. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. JOSÉ TITO PEÑALOZA VARGAS Gerente General (e) 1052356-1 COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Aprueban precios de venta y formas de pago para el servicio de participación en ferias internacionales de exportaciones y misiones comerciales de exportadores a realizarse en EE.UU., Francia, China y Ecuador RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 027-2014-PROMPERÚ/SG Lima, 13 de febrero de 2014 Vistos, el Memorándum Nº 054-2014-PROMPERÚ/ SG-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorándum Nº 096-2014-PROMPERÚ/SG-OGA de la Ofi cina General de Administración y los Memorandos Nros. 014-2014-PROMPERÚ/DX-SDP, 036-2014- PROMPERÚ/DE-SPI, 038-2014-PROMPERÚ-DX-SPI, 050-2014-PROMPERÚ-DE-SPI de la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría General Nº 082- 2010-PROMPERÚ/SG se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, la misma que fue modifi cada por Resoluciones de Secretaría General Nros. 098, 123 y 136-2010-PROMPERÚ/SG, Nros. 002, 013, 028, 045, 063, 076, 092, 093, 096, 118 y 134-2011-PROMPERÚ/ SG, Nros. 002, 027, 059, 065, 078, 095, 115, 125, 130 y 149-2012-PROMPERÚ/SG, Nros. 010, 013, 022, 046, 057, 072 y 079-2013-PROMPERÚ/SG, las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nros. 021, 054, 060, 078 y 096- 2013-PROMPERÚ/DE, y la Resolución de Secretaría General Nº 013-2014-PROMPERÚ/SG; Que, en el marco de las actividades de promoción de las exportaciones programadas, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, mediante los Memorandos señalados en el visto, indica que tiene prevista la participación en las siguientes actividades: i) Feria Summer Fancy Food 2014, ii) Feria Sial Paris 2014, iii) Feria Hong Kong International Jewellery Show 2014, y iv) Misión Comercial a Quito - Equipamiento para la Industria Alimentaria; razón por la cual solicita la aprobación de los precios de venta correspondiente a dichas actividades, conforme a la determinación de costos efectuada por la Oficina General de Administración; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, según el literal b del artículo 13º de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad está facultada a obtener recursos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones que realiza con el fi n exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada; Que, según la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, modifi cada por la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Púbico para el año fi scal 2014, la Secretaría General es la máxima autoridad administrativa y ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, en el marco de los dispositivos legales citados en los considerandos precedentes, resulta necesario aprobar los precios de venta y la forma de pago para el servicio de promoción de las exportaciones precitado; De conformidad con la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, y el literal ñ) del artículo 10 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de PROMPERÚ; Con la visación de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los precios de venta y las formas de pago para las siguientes actividades de exportaciones: