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El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014 517270 Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARISOL ESPINOZA CRUZ Primera Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1052795-1 Aprueban la “Norma Técnica del Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 205-2014-MINEDU Lima, 18 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 024- 2010 se dispuso, como medida de carácter urgente y de interés nacional, el diseño e implementación del “Programa Presupuestal Estratégico de Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres”, en el marco del Presupuesto por Resultados; Que, el artículo 3 de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), en adelante la Ley, establece que la Gestión del Riesgo de Desastres es un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible. Asimismo, la Gestión del Riesgo de Desastres está basada en la investigación científica y de registro de informaciones, y orienta las políticas, estrategias y acciones en todos los niveles de gobierno y de la sociedad con la finalidad de proteger la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, el artículo 5 de la Ley establece que la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres es el conjunto de orientaciones dirigidas a impedir o reducir los riesgos de desastres, evitar la generación de nuevos riesgos y efectuar una adecuada preparación, atención, rehabilitación y reconstrucción ante situaciones de desastres, así como a minimizar sus efectos adversos sobre la población, la economía y el ambiente; asimismo, señala que las entidades públicas, en todos los niveles de gobierno, son responsables de implementar los lineamientos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres dentro de sus procesos de planeamiento; Que, el numeral 16.5 del artículo 16 de la Ley establece que las entidades públicas generan las normas, los instrumentos y los mecanismos específi cos necesarios para apoyar la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en los procesos institucionales de los gobiernos regionales y gobiernos locales; Que, el literal a) del numeral 21.4 del artículo 21 del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, establece que constituyen instrumentos de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, entre otros, los Programas Presupuestales Estratégicos vinculados a la Gestión del Riesgo de Desastres y otros Programas en el marco del enfoque del Presupuesto por Resultados; Que, el literal g) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que la educación peruana se sustenta, entre otros, en el principio de la conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural como garantía para el desenvolvimiento de la vida; Que, el artículo 38 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011- 2012-ED, establece que la educación ambiental promueve una conciencia y cultura de conservación y valoración del ambiente y de prevención frente a los riesgos de desastres en el marco del desarrollo sostenible; Que, el artículo 54 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2012-ED, establece que la Dirección de Educación Comunitaria y Ambiental es responsable de promover, reconocer y valorar los aprendizajes que se logran en las organizaciones de la sociedad civil, así como normar y coordinar la educación ambiental para el desarrollo sostenible, la conservación, el aprovechamiento de los ecosistemas y la gestión de riesgos y prevención de desastres; Que, en virtud de lo señalado en el párrafo precedente la Dirección de Educación Comunitaria y Ambiental, mediante el Ofi cio N° 714-2013-MINED/ VMGP-DIECA remite el Informe N° 18-2013-MIENDU/ VMGP-DIECA-AZH, suscrito en conjunto por la Directora de la Dirección de Educación Comunitaria y Ambiental, el Jefe de la Ofi cina de infraestructura Educativa y el Jefe de la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica; y los Informes N°s 100-2013-MINEDU/VMGP-DIGEDIE y 30-2013-MINEDU/VMGI-OCR, de la Dirección General de Desarrollo de las Instituciones Educativas y de la Ofi cina de Coordinación Regional, respectivamente, a fi n de sustentar y solicitar la aprobación de la “Norma Técnica del Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres” de conformidad con lo establecido en la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ “Elaboración, Aprobación y Tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 0520- 2013-ED; Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 014-2014-MINEDU, el Titular del Pliego 010: Ministerio de Educación, delegó en la Secretaria General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2014, entre otras, la facultad de emitir los actos resolutivos que aprueben los Documentos Normativos del Ministerio de Educación; y, De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 024- 2010, mediante el cual se dictan medidas económicas y fi nancieras para la creación del Programa Presupuestal Estratégico de Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres en el Marco del Presupuesto por Resultados; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29664; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo N° 011-2012- ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28044; la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ “Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos del Ministerio de Educación”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED; y la Resolución Ministerial Nº 014-2014-ED por la que se delegan facultades a diversos funcionarios del Ministerio, durante el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la “Norma Técnica del Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres”; la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Secretaria General. Artículo 2.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución de Secretaría General y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/).