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El Peruano Martes 1 de julio de 2014 526647 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 127-2014-OS/CD Lima, 26 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral VII) del literal d) del Artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que en la eventualidad de ocurrir cambios signifi cativos en la demanda proyectada de electricidad, o modifi caciones en la confi guración de las redes de transmisión aprobadas por el Ministerio, o en las condiciones técnicas o constructivas, o por otras razones debidamente justifi cadas, respecto a lo previsto en el Plan de Inversiones vigente, el respectivo titular podrá solicitar a Osinergmin la aprobación de la modifi cación del Plan de Inversiones vigente, acompañando el sustento técnico y económico debidamente documentado; Que, asimismo, el citado numeral dispone que Osinergmin deberá emitir su pronunciamiento, sustentado técnica y económicamente, en un plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de presentada la solicitud de modifi cación, para lo cual, establecerá la oportunidad, los criterios y procedimientos para la presentación y aprobación de las modifi caciones al Plan de Inversiones, las cuales deben seguir los mismos principios que los aplicados en la formulación del Plan de Inversiones; Que, en la Norma Tarifas y Compensaciones para Sistemas Secundarios de Transmisión (“SST”) y Sistemas Complementarios de Transmisión (“SCT”), aprobada mediante la Resolución Nº 217-2013-OS/CD, se establecen los criterios, metodología y formatos para la presentación de los estudios que sustenten las propuestas de regulación de los SST y SCT, así como lo referente al proceso de aprobación del Plan de Inversiones y de sus eventuales modifi caciones; Que, la Primera Disposición Transitoria de la Resolución Nº 217-2013-OS/CD prevé que, las solicitudes de modifi cación del Plan de Inversiones aprobado para el período 2013-2017, se presentarán entre los meses de enero a junio del año 2014; Que, dentro del plazo otorgado, la empresa Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. (“Coelvisac”) solicitó a Osinergmin la modifi cación del Plan de Inversiones 2013 - 2017 que infl uye en el sistema Chiclayo - Motupe – Olmos del Área de Demanda Nº 2; Que, durante el proceso de evaluación, Osinergmin ha efectuado un análisis integral para determinar los nuevos requerimientos de instalaciones de transmisión en dicho sistema, bajo condiciones actuales, con el objetivo de sustentar técnica y económicamente su pronunciamiento sobre la solicitud de modifi cación del Plan de Inversiones 2013-2017, presentada por Coelvisac; Que, sobre la base del principio de transparencia contenido en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado con Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se considera apropiado someter la decisión que adopta OSINERGMIN a través de la publicación del proyecto de resolución correspondiente, con la fi nalidad de que los interesados puedan emitir sus comentarios, que no tienen carácter vinculante ni dan inicio a un procedimiento administrativo. Dichas opiniones y sugerencias, serán analizadas a fi n de acoger las que cumplan con el objetivo de la resolución y del marco legal aplicable; Que, en este sentido, se ha emitido el Informe Nº 333- 2014-GART de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y el Informe Nº 336-2014-GART de la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, con los cuales se complementa la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refi ere el numeral 4 del Artículo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en los literales b) y c) del Artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en la Ley Nº 28832 y sus normas complementarias, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y, en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modifi catorias, complementarias y conexas; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesión Nº 18-2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación en el diario ofi cial El Peruano, del proyecto de resolución que modifi ca el Plan de Inversiones 2013 – 2017, aprobado por Resolución Osinergmin Nº 151-2012-OS/CD. Artículo 2º.- Defi nir un plazo de quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá Nº 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número telefónico Nº 2240491, o vía Internet a la siguiente dirección de correo electrónico: plan_colv@osinerg.gob.pe. La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo del Sr. Omar Cobarrubias Figueroa. En el último día del plazo, sólo serán analizados los comentarios recibidos hasta las 18:00 horas. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria, la publicación dispuesta, la recepción y análisis de las opiniones y sugerencias que presenten los interesados respecto al proyecto publicado, así como la presentación fi nal al Consejo Directivo de OSINERGMIN. Artículo 4º.- La presente resolución deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano y consignada, conjuntamente con el proyecto a que se refi ere el Artículo 1º precedente, con el Informe Técnico Nº 333-2014-GART y con el Informe Legal Nº 336-2014-GART en la página Web de OSINERGMIN www.osinergmin.gob.pe. JESÚS TAMAYO PACHECO Presidente del Consejo Directivo RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERIA OSINERGMIN Nº XXX-2014-OS/CD Lima, XX de XXXX de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 151-2012-OS/CD se aprobó el Plan de Inversiones para el período mayo ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Disponen la publicación en el Diario Oficial El Peruano del proyecto de resolución que modifica el Plan de Inversiones 2013 - 2017, aprobado por Res. Nº 151-2012-OS/CD PROYECTO