Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2014 (01/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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de la presente ordenanza, de acuerdo con la siguiente escala:
ESCALAS DE DESCUENTOS SOBRE EL TRIBUTO INSOLUTO PAGO AL CONTADO TASA DE ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y SERENAZGO ANOS 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013

El Peruano Martes 1 de MORDAZA de 2014

d) Los Convenios de Fraccionamiento suscritos hasta la entrada en vigencia de la presente ordenanza, podran cancelar el pago de sus cuotas pendientes, sin el interes moratorio e interes de fraccionamiento de la misma (cuota insoluta). Articulo Tercero.- Deuda Administrativa a) Condonese el 100% de la actualizacion (Indice de Precios al Consumidor ­ IPC), de los gastos administrativos y costas procedimentales, de las deudas por multas administrativas contenidas en las Resoluciones de Sancion y/o Multas Administrativas, que fueron impuestas hasta la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, siempre y cuando cancele el insoluto de las mismas de acuerdo a la escala establecida en el inciso b). b) Condonese el monto insoluto de las deudas por multas administrativas, que fueron sancionadas hasta la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, cuyo pago debera efectuarse al contado y/o en forma fraccionada de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto de Alcaldia Nº 0013 del 21/09/09 (en cuyo caso las cuotas de fraccionamiento se otorgaran sin el interes correspondiente), de acuerdo con la siguiente escala:

ESCALAS 95% 95% 95% 95% 90% 80% 50% 25% 25% 20% 20% 10%

De optarse por el pago en forma fraccionada el monto de la deuda a considerar sera el monto insoluto sin la reduccion de los porcentajes senalados en el cuadro de escalas precedente y de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto de Alcaldia Nº 0013 del 21/09/09, en cuyo caso las cuotas de fraccionamiento se otorgaran sin el interes correspondiente. c) La deuda por concepto de Impuesto Predial podra ser fraccionada conforme a las disposiciones contenidas en el Decreto de Alcaldia Nº 0013 del 21/09/09, que regula los "Procedimiento para el Otorgamiento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias", en cuanto no se oponga a la presente Ordenanza y en cuyo caso las cuotas de fraccionamiento se otorgaran sin el interes correspondiente.

ESCALAS DE DESCUENTO DEL MONTO INSOLUTO MULTAS ADMINISTRATIVAS ANOS ESCALAS 1999 95% 2000 95% 2001 95% 2002 95% 2003 95% 2004 90% 2005 90% 2006 80% 2007 80% 2008 75% 2009 75% 2010 70% 2011 70% 2012 60% 2013 60% 2014 50%

Los Convenios de Fraccionamiento suscritos hasta la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, podran acogerse a los porcentajes de descuento senalado en el parrafo precedente. En el caso de que los administrados hubieran cumplido con el pago de las cuotas de fraccionamiento y que las mismas cubran los porcentajes de descuento, segun el ano a que se refiera la infraccion, se MORDAZA por cancelado el fraccionamiento otorgado, si a la fecha de entrada en vigencia de la presente MORDAZA se hubiere producido este hecho. En este caso, el beneficio operara de forma automatica, para lo cual la Gerencia de Tecnologias de la Informacion MORDAZA por cancelado el fraccionamiento otorgado en el Sistema RECATRIB. El pago de la multa administrativa no implica la interrupcion del procedimiento sancionador referido a la ejecucion de medidas complementarias que conllevan a las sanciones impuestas, segun sea el caso. c) El pago de la multa administrativa, no exime al administrado de regularizar la infraccion cometida, si el caso lo ameritara. Articulo Cuarto.- Desistimiento a) El acogimiento al beneficio implica, por parte del deudor, el expreso reconocimiento y la aceptacion de su deuda; por tal motivo, el desistimiento automatico de su pretension cuando existan recursos en tramite por las deudas materia de acogimiento. b) Tratandose de procesos iniciados ante el Poder Judicial e instancias Administrativas distintas a la Municipalidad Distrital de Ate, el deudor debera presentar MORDAZA simple del escrito de desistimiento de su pretension ante el organo correspondiente. Articulo Quinto.- De los Procesos Coactivos.- Con el acogimiento al beneficio de la deuda materia de cobranza coactiva, se procedera a suspender el procedimiento y levantar las medidas cautelares trabadas; respecto al recupero de las deudas tributarias y no tributarias, durante la vigencia de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El plazo para acogerse al presente beneficio sera desde la entrada en vigencia de la presente Ordenanza hasta el 15 de MORDAZA del 2014, a cuyo termino la

Administracion debera proceder a cobrar la totalidad de las obligaciones incluidos los recargos, intereses moratorios y reajustes respectivos. Segunda.- Los pagos por concepto de Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo, Multas Tributarias, Cuotas de Fraccionamiento, Resoluciones de Sancion y/o Multas Administrativas, asi como los recargos e intereses moratorios, que se hayan efectuado con anterioridad a la publicacion de la presente Ordenanza, no seran materia de compensacion o devolucion. Tercera.- No se encuentran contemplados en los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, las deudas que se hayan originado en los procesos de fiscalizacion tributaria, para los contribuyentes cuyo uso detectado del predio sea distinto a MORDAZA Habitacion y/o Terreno Sin Construir. Cuarta.- Facultese al senor MORDAZA para que dicte normas complementarias si fuera necesario, asi como la prorroga por medio de Decreto de Alcaldia, de la vigencia del beneficio otorgado a traves de la presente Ordenanza, para lo cual debera contar con el informe previo de la Gerencia de Administracion Tributaria y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta Comuna. Quinta.- La Gerencia de Administracion Tributaria debera realizar las acciones de su competencia orientadas a la adecuada aplicacion de lo dispuesto en la presente Ordenanza para lo cual contara con el apoyo de la Secretaria de Imagen Institucional para la difusion respectiva, de la Gerencia de Tecnologias de la Informacion para los respectivos procesos en el Sistema RECATRIB; asi como de las demas areas de la Municipalidad en lo que fuera pertinente. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1104218-1

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