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El Peruano Sábado 19 de julio de 2014 528079 persicae, Eulecanium tiliae, Parthenolecanium persicae, Pulvinaria vitis, Sphaerolecanium prunastri, Diaspidiotus ostreaeformis, Diaspidiotus pyri, Mercetaspis halli, Parlatoria oleae, Cossus cossus, Anarsia lineatella, Lymantria dispar, Cacoecimorpha pronubana, Lobesia botrana, Longidorus spp., Pratylenchus vulnus, Rhizobium rhizogenes, Diaporthe amygdali, Eutypa lata, Monilinia fructigena, Monilinia laxa, Rosellinia necatrix, Phytophthora cryptogea, Phytophthora megasperma y Pythium irregulare. 2.2. Tratamiento de pre embarque con: 2.2.1. Inmersión en abamectina 0.018 ‰ + clorpirifos 0.85 ‰ por 2 a 5 minutos e inmersión en thiabendazole 1.3 ‰ + thiram 2 ‰ por 15 minutos o 2.2.2. Cualesquiera otros productos de acción equivalente. 3. Las plantas a raíz desnuda deberán venir en estado dormante sin hojas, sin signos visibles de crecimiento activo y sin tierra. 4. Si el producto viene con sustrato o material de acondicionamiento, éste deberá ser un medio libre de plagas, cuya condición será certifi cada por la ONPF del país de origen y consignada en el Certifi cado Fitosanitario. 5. Los envases serán nuevos y de primer uso, cerrados y resistentes al manipuleo, libre de material extraño al producto, debidamente rotulado con el nombre del producto y del exportador. 6. El importador deberá contar con su Registro de Importadores, lugares de producción y responsables técnicos de material sujeto a cuarentena posentrada vigente. 7. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país 8. El Inspector del SENASA tomará una muestra para ser remitida a la Unidad del Centro de Diagnóstico de Sanidad Vegetal del SENASA, con el fi n de descartar la presencia de plagas enunciadas en la declaración adicional. El costo del diagnóstico será asumido por el importador. 9. El proceso de cuarentena posentrada que tendrá una duración de dieciocho meses (18) meses. En dicho lapso, el material instalado en el lugar de producción será sometido por parte del SENASA a cuatro (04) inspecciones obligatorias para el seguimiento de la cuarentena posentrada, y a una (01) inspección obligatoria fi nal para el levantamiento de la cuarentena posentrada, de cuyos resultados se dispondrá el destino fi nal del producto. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS PACHECO ENCISO Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1112246-2 CULTURA Autorizan viaje de integrantes del Ballet Nacional a España para participar en el Festival Internacional de Música y Danza Cueva de Nerja RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 232-2014-MC Lima, 18 de julio de 2014 Vistos, la Carta de fecha 7 de enero de 2014 del Gerente de la Fundación Pública de Servicios Cueva de Nerja, el Informe N° 114-2014-DEN-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 6 de junio de 2014, el Informe N° 309-2014-DGIA- VMPCIC/MC de fecha 26 de junio de 2014, el Informe N° 333-2014-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 17 de julio de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste último es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional; Que, mediante Carta de fecha 7 de enero de 2014, el Gerente de la Fundación Pública de Servicios Cueva de Nerja cursa invitación para que el Ballet Nacional del Perú participe en la próxima edición del Festival Internacional de Música y Danza Cueva de Nerja, en la ciudad de Málaga, Reino de España, realizando una presentación el día 25 de julio de 2014, que se llevará a cabo en el interior de la Cueva de Nerja con un espectáculo de técnica clásica o neoclásica, cubriendo la organización del Festival los viáticos por los días que el Ballet esté presente; Que, con Informe N° 114-2014-DEN-DGIA-VMPCIC/ MC de fecha 6 de junio de 2014, la Dirección de Elencos Nacionales comunica a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes que la participación del Ballet Nacional en el Festival Internacional antes referido se encuentra incluida en el Plan Operativo Institucional de la Dirección de Elencos Nacionales programada para el año 2014 como gira internacional, poniendo a conocimiento la relación de integrantes del Ballet Nacional que participarán en el Festival, siendo estos los señores Carla Patricia Picón Zapata, Gabriela Fernanda Paliza Ravazzani, Irene del Carmen Meza Lazarte y Diego Alonso Milla Rodríguez; Que, a través del Informe N° 309-2014-DGIA-VMPCIC/ MC de fecha 26 de junio de 2014, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes ratifi ca la propuesta de los comisionados integrantes del Ballet Nacional que participarán en el Festival Internacional de Música y Danza Cueva de Nerja, precisando que respecto al gasto de los pasajes aéreos, solo se cubrirá con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura el pasaje de la señorita Gabriela Fernanda Paliza Ravazzani; Que, mediante Informe N° 333-2014-DGIA-VMPCIC/ MC de fecha 17 de julio de 2014, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes manifi esta “que la participación de la delegación del Ballet Nacional en el Festival Internacional de Música y Danza Cueva de Nerja es de gran importancia para la realización de ese evento que signifi cará la proyección internacional de la imagen del país, constituyendo así un evento de promoción de importancia para el Perú, solicitando se autorice el viaje en comisión de servicios como un evento de promoción de importancia para el Perú”; Que, el numeral 83.6 del artículo 83 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Elencos Nacionales es el órgano de línea encargado de la gestión, administración, difusión y promoción de los Elencos Nacionales del Ministerio de Cultura, siendo una de sus funciones, promover y difundir los diferentes géneros y formas interpretativas en el campo de la música y la danza, así como la difusión del repertorio peruano, latinoamericano y universal, en ese sentido, la participación de los integrantes del Ballet Nacional en el Festival Internacional a desarrollarse en Cueva de Nerja reviste especial importancia para la promoción del Perú en el campo de las artes escénicas; Que, en tal sentido, se estima por conveniente autorizar el viaje en comisión de servicios, de los señores Carla Patricia Picón Zapata, Gabriela Fernanda Paliza Ravazzani, Irene del Carmen Meza Lazarte y Diego Alonso Milla Rodríguez, del 21 al 26 de julio de 2014, a la ciudad de Málaga, Reino de España; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, quedan prohibidos los viajes al exterior de