Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, conforme a los Anexos 1-A, 1-B y 1C que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion publique la presente Resolucion Ministerial y sus Anexos, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE, ubicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Educacion (www. minedu.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion

El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

1115445-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia de concesion definitiva de generacion con recursos energeticos renovables para desarrollar actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Carpapata III, que efectua Union MORDAZA de Cementos S.A.A. a favor de Generacion Electrica Atocongo S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 319-2014-MEM/DM
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Expediente Nº 18170808, organizado por Cemento MORDAZA S.A., sobre concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Carpapata III, y la solicitud de transferencia de dicha concesion definitiva de generacion a favor de Generacion Electrica Atocongo S.A. (en adelante, GEA S.A.) persona juridica inscrita en la Partida N° 03021796 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 382-2009MEM/DM, publicada el 11 de setiembre de 2009, se otorgo a favor de Cemento MORDAZA S.A. la concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Carpapata III, con una potencia instalada de 12,8 MW; aprobandose el Contrato de Concesion Nº 336-2009; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 063-2013MEM/DM, publicada el 01 de marzo de 2013, se tuvo como titular de la concesion definitiva senalada en el considerando precedente a Union MORDAZA de Cementos S.A.A. (en adelante, UNACEM S.A.A.), a partir del 01 de octubre de 2012; habiendose verificado la fusion por absorcion realizada entre UNACEM S.A.A. en calidad de empresa absorbente y Cemento MORDAZA S.A., en calidad de empresa absorbida; asimismo, se aprobo la Primera Modificacion al Contrato de Concesion Nº 336-2009, en los aspectos referidos a la Clausula Septima, la Clausula Decimo MORDAZA y el Anexo Nº 4; Que, mediante el documento ingresado con registro Nº 2381896, de fecha 07 de MORDAZA de 2014, GEA S.A. solicito a la Direccion General de Electricidad se apruebe a su favor, la transferencia de la titularidad de la concesion definitiva de generacion a que se refiere el primer considerando de la presente Resolucion; Que, como sustento de la solicitud, presento el Testimonio de Escritura Publica del Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito el 10 de setiembre de 2013, elevado a Escritura Publica el 16 de setiembre del mismo ano, mediante el cual UNACEM S.A.A. transfiere la

titularidad de la citada concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables de la futura Central Hidroelectrica Carpapata III a favor de GEA S.A.; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 1436 del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada, teniendo como titular de la concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Carpapata III a GEA S.A., la que debera inscribir el Contrato de Cesion de Posicion Contractual a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, asi como el texto de esta MORDAZA, en el Registro de Concesiones para la Explotacion de los Servicios Publicos, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; y, en consecuencia, aprobar la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 336-2009; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la solicitud cumple con lo establecido en el articulo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, ha procedido a emitir el Informe Nº 294-2014-DGE-DCE que recomienda la aprobacion de la senalada solicitud de transferencia de la concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1436 del Codigo Civil, y el articulo 38 de la Ley de Concesiones Electricas, y con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia de la concesion definitiva de generacion con Recursos Energeticos Renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Carpapata III, que efectua Union MORDAZA de Cementos S.A.A. a favor de Generacion Electrica Atocongo S.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Tener como titular de la concesion definitiva de generacion mencionada en el articulo precedente a Generacion Electrica Atocongo S.A., a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Ministerial, quien asumira todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas legales y tecnicas aplicables. Articulo 3.- Aprobar la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 336-2009, en los aspectos referidos a modificar la Clausula Decimo MORDAZA y el literal b) del numeral 2 del Anexo Nº 2, que implica la transferencia de la concesion definitiva descrita en los articulos 1 y 2 que anteceden, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representacion del Estado, la Minuta de la MORDAZA Modificacion al Contrato de Concesion Nº 336-2009, aprobada en el articulo precedente, y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

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