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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2014 (25/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Viernes 25 de julio de 2014 528560 012-2001-PE, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas – RISPAC, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2011- PRODUCE y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 7°.- Las Direcciones Generales de Supervisión y Fiscalización y de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo del Ministerio de la Producción, la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional de Junín, el Ministerio del Interior y las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el estricto cumplimiento de lo establecido por la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1115702-2 Delegan al Secretario General del ITP diversas facultades y atribuciones RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 80-2014-ITP/DEC Callao, 23 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 75-2013-ITP/ DEC de fecha 24 de junio de 2013, la Dirección Ejecutiva Científi ca delegó facultades a la señora María Olcese Herrera, Secretaría General del Instituto Tecnológico de la Producción; respecto de la Unidad Ejecutora 001; Administración Nivel Central del Pliego 241; Instituto Tecnológico de la Producción; modifi cada por Resolución Ejecutiva Nº 120-2013-ITP/DEC de fecha 22 de octubre de 2013 y Resolución Ejecutiva Nº 05-2014-ITP/DEC de fecha 20 de enero de 2014; Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 76-2014-ITP/ DEC de fecha 20 de junio de 2014, se designó al señor Ingeniero Henry Garay Bonett como Secretario General del Instituto Tecnológico de la Producción –ITP, con efectividad al 23 de junio de 2014; Que, el numeral 62º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que, toda entidad es competente para realizar las tareas internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misión y objetivos; Que, en consecuencia, resulta necesario dejar sin efecto a partir de la fecha la Resolución Ejecutiva Nº 75- 2013-ITP/DEC de fecha 24 de junio de 2013, modifi cada por Resolución Ejecutiva Nº 120-2013-ITP/DEC de fecha 22 de octubre de 2013 y Resolución Ejecutiva Nº 05-2014- ITP/DEC de fecha 20 de enero de 2014; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; En uso de la facultad conferida por inciso c) del artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 092, Ley de creación del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, de la Vigésimo Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y, el inciso n) artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, aprobado por Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto, la Resolución Ejecutiva Nº 75-2013-ITP/DEC de fecha 24 de junio de 2013, modifi cada por Resolución Ejecutiva Nº 120-2013-ITP/DEC de fecha 22 de octubre de 2013 y Resolución Ejecutiva Nº 05-2014-ITP/DEC de fecha 20 de enero de 2014 a partir de la fecha. Artículo 2º.- Delegar al señor Ingeniero Henry Garay Bonett, Secretario General del Instituto Tecnológico de la Producción, las siguientes facultades y atribuciones: a) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, y actos vinculados a los procesos de adquisición y contratación que tengan que realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como, gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal, y los pedidos de información y consulta que resulten necesarios formular ante otras entidades, en materia de contratación estatal; b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones - PAC y sus modifi caciones, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; y la Directiva Nº 005-2009-OSCE/CD, Plan Anual de Contrataciones;” c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comités especiales de los procesos de selección que convoque el ITP, dentro de los parámetros establecidos en el ordenamiento jurídico sobre contrataciones públicas; d) Aprobar los expedientes de contratación de Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación Directa Pública, Licitación Pública y Concurso Público a que se refi ere el artículo 10º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, a excepción de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes serán aprobados por el funcionario a cargo de la Ofi cina de Abastecimiento y Servicios; e) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicación de Menor Cuantía y Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación Directa Pública, Licitación Pública y Concurso Público; f) Aprobar las prestaciones adicionales, las reducciones y las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos suscritos por el ITP, las que deberán regirse por el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF. g) Suscribir los contratos con los postores adjudicatarios de la buena pro de los procesos de selección que convoque el Instituto Tecnológico de la Producción, y las modifi caciones posteriores que se incluyera en estos, así como resolver los contratos por las causales reguladas en el ordenamiento jurídico en materia de contrataciones públicas. h) Aprobar la estandarización de los bienes o servicios a ser contratados por la Entidad, de conformidad con la normativa vigente; i) Resolver los recursos de apelación que surjan a causa de discrepancias entre la Entidad y los participantes o postores en los procesos de menor cuantía y en las adjudicaciones directas selectivas, adjudicaciones directas públicas, licitaciones públicas y concursos públicos de conformidad con el artículo 53 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017. j) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, previo informe favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; k) Suscribir convenios y/o contratos con entidades públicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de inmuebles de propiedad o posesión estatal; l) Aprobar y suscribir contratos y/o convenios con entidades públicas y/o privadas, o personas naturales que involucren las funciones de la Ofi cina General de Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Público del Año Fiscal correspondiente; m) Tramitar, autorizar y resolver las acciones de personal respecto de las prórrogas o renovaciones de contratos del personal comprendido tanto en el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; n) Aceptar la renuncia del personal comprendido en el régimen laboral privado regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR, a excepción de los cargos de confi anza y la libre designación o remoción; Artículo 3º.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente Resolución, comprende igualmente las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.