Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2014 (14/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de junio del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 1097178-2

El Peruano Sabado 14 de junio de 2014

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor del Pliego Instituto Tecnologico de la Produccion - ITP
DECRETO SUPREMO N° 144-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 038: Ministerio de la Produccion; Que, el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, establece que dicho Ministerio es competente en pesqueria, acuicultura, industria y comercio interno; Que, el Decreto Legislativo N° 92, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Instituto Tecnologico Pesquero (ITP), establece que el ITP tiene por finalidad realizar investigaciones cientificas y tecnologicas relacionadas con el manipuleo, la transformacion y conservacion de los recursos hidrobiologicos MORDAZA y de las aguas continentales; Que, la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, en su Vigesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final, modifica la denominacion del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP) por Instituto Tecnologico de la Produccion (ITP), con la finalidad de ampliar los servicios de investigacion, desarrollo, innovacion, adaptacion, transformacion y transferencia tecnologica, asi como promover en el

sector productivo el consumo de recursos hidrobiologicos, productos agroindustriales y otros productos industriales de competencia del sector produccion; y, efectuar su promocion y, cuando fuera necesario, la comercializacion y distribucion de los mismos; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatoria, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a los programas presupuestales siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa y que las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del citado articulo, solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano 2014, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, mediante el Oficio Nº 018-2014-ITP/SG, el Instituto Tecnologico de la Produccion (ITP), en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, solicita al Ministerio de la Produccion la transferencia de recursos hasta por el monto de UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para ser destinados al desarrollo de las Actividades 5002835: Desarrollo de Servicios al Sector Cuero, Calzado e Industrias Conexas - CITEccal y 5002837: Desarrollo de Servicios al Sector MORDAZA y Muebles e Industrias conexas a traves del Centro de Innovacion Tecnologica de la MORDAZA - CITEmadera del Producto 3000297: Servicios para la Innovacion y Transferencia Tecnologica a traves de los Centros de Innovacion Tecnologica, correspondiente al Programa Presupuestal 0093: Desarrollo Productivo de las Empresas; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccion, a traves del Informe Nº 247-2014-PRODUCE/OGPP-OP, informa sobre la disponibilidad presupuestal con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, asimismo, indica que a traves del Informe N° 010-2014-PRODUCE/DVMYPE-I/ DIGITSE/DITTEC de la Direccion General de Innovacion, Transferencia Tecnologica y Servicios Empresariales del citado Ministerio, se senala que el Producto 3000297: Servicios para la Innovacion y Transferencia Tecnologica a traves de los Centros de Innovacion Tecnologica, en lo que corresponde a la Actividad 5004192: Asistencia Tecnica a CITES, cuenta con recursos que pueden ser reasignados a otras actividades del mismo producto, conforme a las prioridades del Programa Presupuestal 0093: Desarrollo Productivo de las Empresas, en merito de lo cual, con Oficio N° 768-2014-PRODUCE/SG, la Secretaria General del Ministerio de la Produccion solicita la transferencia de partidas a favor del pliego Instituto Tecnologico de la Produccion (ITP); .Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas, del pliego 038: Ministerio de la Produccion, a favor del pliego 241: Instituto Tecnologico de la Produccion (ITP), hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 500 000,00), para ser destinados a mejorar e incrementar los servicios de los Centros de Innovacion Tecnologica ­ CITE, en el MORDAZA del Programa Presupuestal 0093: Desarrollo Productivo de las Empresas; De conformidad con lo establecido en el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatoria; DECRETA: Articulo 1.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de UN MILLON QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.1 500 000,00), del Pliego Ministerio de la Produccion, a favor del Pliego Instituto

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