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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (17/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Martes 17 de junio de 2014 525453 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 30210 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE APRUEBA MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PÚBLICO PARA EL AÑO FISCAL 2014 Y APRUEBA OTRAS MEDIDAS Artículo 1. Autorización de transferencias fi nancieras de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) a favor del pliego Ministerio de Agricultura y Riego Autorízase al pliego Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat), durante el Año Fiscal 2014, para efectuar transferencias fi nancieras hasta por la suma de S/. 18 000 000,00 (DIECIOCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del pliego Ministerio de Agricultura y Riego, con cargo a sus saldos de balance al 31 de diciembre de 2013, a fi n de fi nanciar los inventarios de recursos forestales, el mejoramiento de infraestructura y acciones de capacitación, equipamiento, modernización y adecuación de las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre y sus puestos de control. Para tal efecto la Sunaty el Ministerio de Agricultura y Riego suscriben un convenio donde se establecen los mecanismos de monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas físicas para los cuales son entregados los recursos. Tales recursos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autoriza su transferencia conforme al presente artículo. Las referidas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego Sunat, previo informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la mencionada entidad, y a propuesta del Ministerio de Agricultura y Riego. La resolución del titular del pliego se publica en el diario o fi cial El Peruano. Los recursos transferidos en el marco de lo establecido en el presente artículo se incorporan en el presupuesto institucional del Ministerio de Agricultura y Riego conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo 304-2012-EF.Artículo 2. Autorización al Ministerio de Defensa para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas Autorízase al pliego Ministerio de Defensa, durante el Año Fiscal 2014, para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del pliego Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, hasta por la suma deS/. 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), a fi n de fi nanciar la implementación de las acciones a que se re fi ere el Decreto Legislativo 1128, Decreto Legislativo que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Las referidas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro de Defensa, a propuesta de este último. Asimismo, para efectos de las acciones de implementación del pliego Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas en materia de personal, exonérase a dicho pliego de lo establecido en el numeral 9.1 del artículo 9 de la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. Artículo 3. Autorización al Ministerio de Defensa y al Ministerio del Interior para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional Autorízase a los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, durante el Año Fiscal 2014, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/. 700 000,00 (SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) y hasta por la suma de S/. 325 000,00 (TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) respectivamente, a favor del pliego Despacho Presidencial, a fi n de fi nanciar el pago de la alimentación del personal militar y policial en situación de actividad, así como del personal del Servicio Militar Acuartelado, que se encuentren destacados en la Casa Militar del Despacho Presidencial, considerando las condiciones de gasto por la provisión de alimentos que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se efectúa a favor de dicho personal. Dichas modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, y por los ministros de Defensa y/o Interior, según corresponda, a propuesta de estos últimos. Artículo 4. Autorización al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional Autorízase una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor del pliego Municipalidad Distrital de Chazuta, provincia de San Martín, departamento de San Martín, hasta por la suma de S/. 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), para el financiamiento de la ejecución del proyecto de REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL R.J. N° 146-2014/JNAC/RENIEC.- Autorizan delegación de funciones registrales a la O fi cina de Registros del Estado Civil de la Comunidad Nativa Fátima, en el departamento de Ucayali 525501 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ordenanza N° 364-MDSMP.- Establecen bene fi cios tributarios y no tributarios en el distrito 525502PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES R.VM. N° 372-2014-MTC/03.- Proyecto de Resolución Viceministerial que establece las fechas y horas correspondientes a la puesta en servicio de la portabilidad numérica en el servicio público de telefonía fi ja, de acuerdo al Plan General de Implementación de la Portabilidad Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija, aprobado por Resolución Viceministerial N° 644-2013-MTC/03 y modi fi cado por Resolución Viceministerial N° 130-2014-MTC/03 525504