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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (17/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Martes 17 de junio de 2014 525465 VISTO: El Expediente Nº 15121902, organizado por Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., sobre la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas de la concesión del Pequeño Sistema Eléctrico Tabaconas; y la solicitud de transferencia de dicha concesión a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11000601 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº IV – Sede Iquitos; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 019-2006- EM, publicada el 23 de marzo de 2006, se otorgó a favor de ELECTRONORTE S.A. la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas de la concesión del Pequeño Sistema Eléctrico Tabaconas, ubicadas en el distrito de Tabaconas, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca, aprobándose el Contrato de Concesión Nº 270-2006; Que, mediante las Cartas Nº G-457-2014 y Nº G- 601-2014 ingresadas con los registros Nº 2385727 y Nº 2390472, el 21 de abril de 2014 y 08 de mayo de 2014, respectivamente, ELECTRO ORIENTE S.A. solicitó se apruebe a su favor la transferencia de la concesión defi nitiva descrita en el primer considerando de la presente Resolución; Que, como sustento de la solicitud, presentó el Contrato de Cesión de Posición Contractual suscrito el 12 de febrero de 2014, mediante el cual ELECTRONORTE S.A. cede a favor de ELECTRO ORIENTE S.A., su posición contractual en el Contrato de Concesión Nº 270-2006, a fi n de que esta última asuma todos los derechos y obligaciones comprendidos en dicho Contrato; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se defi nen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas de la concesión del Pequeño Sistema Eléctrico Tabaconas, ubicado en el distrito de Tabaconas, señalada en el primer considerando de la presente Resolución a ELECTRO ORIENTE S.A., la que deberá inscribir el Contrato de Cesión de Posición Contractual a que se re fi ere el tercer considerando de la presente Resolución, así como el texto de esta última, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 317-2014-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1436 del Código Civil, en el segundo párrafo del artículo 53 y en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas de la concesión del Pequeño Sistema Eléctrico Tabaconas, ubicadas en el distrito de Tabaconas, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca, detalladas a continuación, que efectúa ELECTRONORTE S.A. a favor de ELECTRO ORIENTE S.A., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución:Zonas de ConcesiónDepartamento Provincia Distrito Plano Nº 1 Granadillas Bajo Cajamarca San Ignacio Tabaconas Tabacon 01/01 2 Yushcapampa Cajamarca San Ignacio Tabaconas Tabacon 01/013 Rodeo Pampa Cajamarca San Ignacio Tabaconas Tabacon 01/014 Manchara Cajamarca San Ignacio Tabaconas Tabacon 01/015 Pampa Limón Cajamarca San Ignacio Tabaconas Tabacon 01/01 Artículo 2.- Tener como titular de la concesión mencionada en el artículo 1 de la presente Resolución a ELECTRO ORIENTE S.A., quien asumirá en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones que le corresponde de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, y demás normas legales y técnicas aplicables, así como en el Contrato de Concesión Nº 270-2006. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez, y será noti fi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1097800-4 Otorgan a ATN1 S.A. concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2014-EM Lima, 16 de junio de 2014VISTO: El Expediente Nº 14339613, sobre otorgamiento de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por ATN1 S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 12489576 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral Nº IX Sede Lima, O fi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica comprende la Línea de Transmisión de 220 kV S.E. San José – S.E. Cerro Verde, ubicada en los distritos de La Joya y Yarabamba, provincia y departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Sub Gerencial Regional Nº 059-2013-GRA/ARMA-SG, de fecha el 09 de julio de 2013, la Autoridad Regional Ambiental del Gobierno Regional de Arequipa, aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “Línea de Transmisión Eléctrica 2x220 kV San Camilo (San José) – CV2”; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación;