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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (17/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Martes 17 de junio de 2014 525462 Que, asimismo, dicho artículo establece que las entidades del gobierno nacional pueden suscribir convenios, u otros documentos, con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y/o personas jurídicas privadas, según corresponda, para la ejecución de los mencionados proyectos de inversión pública, y/o actividades, cuya transferencia para el caso de las entidades del gobierno nacional se realiza bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel Institucional aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este último, y se incorporan en el presupuesto institucional de los gobiernos regionales y gobiernos locales en la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2014-EF, se autoriza la incorporación de recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 83 198 106,00), para fi nanciar la ejecución de noventa y dos (92) intervenciones en infraestructura de servicios, correspondiéndole al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la suma de CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS DIECISÉIS MIL CUATROCIENTOS SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 55 616 406,00), destinados al fi nanciamiento de veinticinco (25) proyectos de inversión pública de infraestructura de agua y saneamiento rural; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 090- 2014-EF, se autoriza la incorporación de recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 49 996 161,00), a favor del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, destinados al fi nanciamiento de dieciséis (16) proyectos de inversión pública de infraestructura de agua y saneamiento rural; Que, con Memorándums Nº 394, 405, 413, 425 y 430-2014-VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo(s) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita gestionar dispositivos legales que autoricen transferencias de recursos por un importe total de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 59 705 042,00), para fi nanciar veintitrés (23) proyectos de inversión pública de saneamiento rural, mediante Transferencia de Partidas, los cuales se encuentran en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, precisando que el fi nanciamiento será atendido con cargo a los recursos incorporados, vía Crédito Suplementario, en el presupuesto institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante Memorandos Nºs. 1284, 1301,1315, 1340 y 1369-2014/VIVIENDA-OGPP, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento emite opinión favorable en materia presupuestal sobre las transferencias de recursos referidas en el considerando precedente, e informa que cuentan con la disponibilidad presupuestal en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados del Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Saneamiento Rural, Programa Presupuestal 0083: Programa Nacional de Saneamiento Rural, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento rural y precisa, que los proyectos a fi nanciar se encuentran declarados viables en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP y que se han suscrito los convenios correspondientes; en mérito de lo cual, a través de los O fi cios Nºs. 700, 717, 719, 721 y 734-2014/ VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a las citadas transferencias de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 59 705 042,00), en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, para fi nanciar la ejecución de veintitrés (23) proyectos de inversión pública de saneamiento rural, conforme a lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Quincuagésima Octava y Septuagésima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1. Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CINCUENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 59 705 042,00), del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de diversos Gobiernos Locales, para el fi nanciamiento de veintitrés (23) proyectos de inversión pública de saneamiento rural, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5001778 : Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias 59 705 042,00 =========== TOTAL EGRESOS 59 705 042,00 =========== A LA: En Nuevos SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos LocalesPROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos no Financieros 59 705 042,00 ============ TOTAL EGRESOS 59 705 042,00 ============ 1.2. Los Pliegos habilitados en la sección segunda del presente artículo y los montos de transferencia por Pliego y Proyecto, se detallan en el Anexo “Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversión Pública de Saneamiento Rural”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano.