Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2014 (17/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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2014, prohibe los viajes al exterior con cargo a recursos publicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley senala, entre ellos, los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de los acuerdos comerciales de importancia para el Peru, los que deben realizarse en categoria economica y ser autorizados por Resolucion del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, del senor MORDAZA MORDAZA Llosa MORDAZA, del 21 al 27 de junio de 2014, de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 21 al 28 de junio de 2014, y de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 21 al 25 de junio de 2014, para que en representacion del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, participen en las Reuniones de la Organizacion Mundial de Comercio - OMC, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los articulos precedentes, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA Llosa MORDAZA (del 21 al 27 de junio de 2014): Pasajes : US $ 2 339,57 Viaticos (US$ 540,00 x 5 dias) : US $ 2 700,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (del 21 al 28 de junio de 2014): Pasajes : US $ 3 012,98 Viaticos (US$ 540,00 x 6 dias) : US $ 3 240,00 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (del 21 al 25 de junio de 2014): Pasajes : US $ 2 884,83 Viaticos (US$ 540,00 x 3 dias) : US $ 1 620,00 Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el articulo 1° de la presente Resolucion, presentara a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1096739-1 CONSIDERANDO:

El Peruano Martes 17 de junio de 2014

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor del Ministerio de Agricultura y Riego
DECRETO SUPREMO Nº 146-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, aprobo, entre otros, el Presupuesto Institucional del Pliego: 013 Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Decreto de Urgencia N° 027-2009 creo el Fondo AGROPERU, destinado a constituir garantias para la cobertura de riesgos crediticios y para otorgar financiamiento directo a los pequenos productores agrarios organizados bajo cualquier forma asociativa contemplada en la normatividad vigente, siendo dicho Fondo un patrimonio cuya administracion se realiza, mediante convenio de comision de confianza con el Ministerio de Agricultura y Riego, por parte del Banco Agropecuario ­ AGROBANCO; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 04782012-AG se aprobo el Plan de Intervencion a Mediano Plazo del Ministerio de Agricultura para el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro ­ VRAEM, denominado "Programa AGROVRAEM, periodo 2013-2016" cuyo objeto es contribuir a lograr la competitividad agraria en la MORDAZA del VRAEM; Que, con la Resolucion Ministerial N° 0412-2013MINAGRI se aprobo el Plan Nacional de Accion de Reduccion de la Incidencia y Severidad de la "Roya Amarilla del Cafeto" Hemileia vastatrix en el Peru ­ Plan Nacional Contra La Roya Amarilla, cuyo objetivo es reducir la incidencia y severidad de la "Roya Amarilla del Cafeto", a traves de un conjunto de acciones lideradas por el sector agrario en coordinacion con los Gobiernos Regionales, Locales, organizaciones de productores y entidades relacionadas al sector cafetalero; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego, a traves de los Oficios Nºs. 301 y 367-2014-MINAGRI-DM, solicita recursos adicionales por la suma total de DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 200 000 000,00), de los cuales se ha priorizado la suma de CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00), para el Programa AGROVRAEM cuya intervencion se realizara a traves de la tecnificacion e instalacion de cultivos competitivos y alternativos a la coca, asi como cultivos estacionales de corto periodo vegetativo, implementacion de los Centros Regionales de Innovacion Agroempresarial ­ CRIA, en el ambito del VRAEM: Kimbiri y Pichari (Cusco), La Mar y Huanta (Ayacucho), Pangoa, Mazamari y Rio Tambo (Satipo) y Tayacaja (Huancavelica); y para la implementacion del Plan Nacional de Renovacion de Cafetos en areas agricolas que fueron afectadas severamente por la plaga de la Roya Amarilla del Cafeto en los departamentos de MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Amazonas, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y Ucayali, los mismos que se realizaran a traves del Fondo AGROPERU, creado mediante Decreto de Urgencia N° 027-2009 y modificatorias; Que, los articulos 44 y 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, los recursos solicitados para las acciones MORDAZA descritas no han sido previstos en el Presupuesto Institucional del Pliego: 013 Ministerio de Agricultura y Riego, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas, hasta por la suma de CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00), con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General

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