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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (24/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Martes 24 de junio de 2014 525918 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Rechazan y se oponen a los Proyectos de Leyes Nºs. 3191/2013-PE y 3355/2013- PE de Saneamiento y Organización Territorial de las provincias y distritos de Jorge Basadre y Candarave del departamento de Tacna ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 70-2014-CR /GRM Fecha: 20 de junio del 2014 VISTOS: En Sesión Extraordinaria Nº 09-2014, realizada el día viernes 20 de Junio del 2014 y la exposición del Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial. CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por ley Nº 27680 Ley de reforma Constitucional del Capitulo XIV del título IV, establece: ”los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…), La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador”. Que, el artículo 13º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales-Ley Nº27867 modifi cado por la Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional: le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…)”. Que, el artículo 39º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobierno Regionales concordante con el artículo 63 previsto en el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº01-2011-CR/ MOQ, establece que: “Los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o norma institucional”. Que, la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación Territorial y Organización Territorial, establece las defi niciones, criterios y procedimientos para tratar los asuntos de demarcación territorial, la referida Ley declara de interés nacional el Saneamiento de Límites Territoriales de los Distritos y Provincias que lo requieran. Que, la Ley Nº 29533, Ley que implementa mecanismos para la Delimitación Territorial, en su artículo 4º, establece que los límites territoriales colindantes entre departamentos, el Acta de Acuerdo de Limites es suscrita por los Presidentes de los Gobiernos Regionales y amparada por el Acuerdo de Consejo Regional de cada uno de los respectivos Gobiernos Regionales Involucrados. El acta de acuerdo de límites forma parte del expediente único de saneamiento y organización territorial a fi n de que este sea remitido a la Presidencia del Consejo de Ministros para su correspondiente trámite. Que, mediante Informe Técnico Nº 01-2014-SGAT- GRPPAT/GR-MOQ, emitido por el Sub Gerente de Acondicionamiento Territorial Arq. Renato Rojas Quesada, informa sobre el irregular procedimiento en la elaboración de los proyectos de Ley de las Provincias de Jorge Basadre y Candarave (Proyecto de Ley Nº 3191/2013-PE, Proyecto de Ley Nº 3355/2013-PE), concluyendo que los referidos proyectos no se ajustan a lo establecido dentro del tratamiento especial, normado por el reglamento de la Ley de Demarcación Territorial, al haber omitido la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT) solicitar el informe técnico correspondiente al Gobierno Regional de Moquegua para sanear la colindancia con el Departamento de Tacna. Que, el Gobierno Regional de Moquegua, tomo conocimiento que la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial (DNTDT), elaboro los proyectos de Ley de Saneamiento y Organización Territorial de las Provincias de Jorge Basadre (Proyecto de Ley Nº 3191/2013-PE) y Candarave (Proyecto de Ley Nº 3355/2013-PE), los mismos que fueron aprobados por el Consejo de Ministros remitiendo al Congreso de la República mediante los ofi cios Nº 023 y 048-2014-PR, para el trámite de su promulgación. Que, los referidos proyectos fueron formulados sin respetar los procedimientos establecidos como el prescrito en el Decreto Supremo Nº 019-2013-PCM, “Reglamento de la Ley de Demarcación y Organización Territorial”, que expresamente señala que el procedimiento para la delimitación de provincias colindas entre regiones, se requiere Informe Técnico de los Órganos Técnicos de Demarcación Territorial de los Gobiernos Regionales involucrados, en este caso no solo de la Región Tacna, sino también de la Región Moquegua, tampoco cumple con la exigencia del Artículo 30 del citado Reglamento, no contiene la propuesta de delimitación, ni se ha realizado la verifi cación de límites, ni la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial ( DNTDT) ha convocado a los representantes de las regiones involucradas, ni se cuenta con el Acuerdo de Consejo Regional de Moquegua conforme lo establece el Artículo 4º de la Ley Nº 29533, Ley que implementa mecanismos para la Delimitación Territorial. En uso de las facultades concedidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el Consejo Regional de Moquegua en sesión Extraordinaria Nº 09 del 20 de Junio del 2014, con el voto unánime de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACUERDA: Artículo Primero.- RECHAZAR y OPONERSE a los Proyectos de Ley Nº 3191/2013-PE de Saneamiento y Organización Territorial de la Provincia y Distrito de Jorge Basadre del departamento de Tacna, y Nº 3355/2013- PE de Saneamiento y Organización Territorial de la Provincia y Distrito de Candarave del departamento de Tacna, por vulnerar el Art. 4º de la Ley 29533 Ley que implementa mecanismos para la Delimitación Territorial y la Ley 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial. Artículo Segundo.- COMUNICAR que el Consejo Regional de Moquegua no Participo ni Emitió Ningún Acuerdo de Consejo Regional aprobando los límites territoriales con la Región de Tacna, conforme lo establece el artículo 4º de la Ley 29533, Ley que implementa mecanismos para la Delimitación Territorial. Artículo Tercero.- SOLICITAR la devolución de los referidos proyectos de Ley de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización del Estado del Congreso de la República, a la Presidencia del Consejo de Ministros, por el la irregular tramitación que se viene dando. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Gobierno Regional, remitiendo Copia del mismo a Presidencia Regional, Presidente del Consejo de Ministros, Presidente de la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización del Estado del Congreso de la República y las demás instancias comprendidas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GINA ALICIA VALDIVIA VÉLEZ Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua 1100759-1