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El Peruano Martes 24 de junio de 2014 525907 con la fi nalidad de que sea destinado al funcionamiento del Terminal Portuario “General San Martín”. 17. Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0157-2014/SBN-DGPE-SDDI del 12 de junio de 2014, elaborado por profesionales de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y en aplicación de la Ley Nº 30025 “Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura” y la Directiva Nº 007-2013/SBN que se encarga de regular las “Disposiciones para la transferencia e inscripción de predios estatales requeridos para la ejecución de proyectos de infraestructura en el marco de la Ley Nº 30025, resulta procedente transferir a título gratuito el dominio de “el predio” a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC. 18. Que, tomando en consideración lo señalado en el décimo primer considerando de la presente Resolución y de acuerdo con lo establecido en el numeral 13.3 del artículo 13º de la Ley Nº 30025, la Empresa Nacional de Puertos S.A.-ENAPU S.A., deberá en un plazo de treinta (30) días hábiles, contabilizados a partir de la notifi cación de la presente Resolución, desalojar y entregar la posesión de “el área” a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC. 19. Que, sólo para efectos registrales a pesar de tratarse de una transferencia de dominio en el Estado a título gratuito, se fi ja en S/. 1.00 (un nuevo sol con 00/100) el valor unitario del inmueble materia de transferencia. De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30025, la Directiva Nº 007-2013/SBN y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, la Resolución 035- 2011/SBN-SG y la Resolución Nº 054-2013/SBN-SG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la independización del área de 350 319,92m², que forma parte del predio de mayor extensión ubicado en la Bahía de Paracas, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, inscrito a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A.-ENAPU S.A. en la Partida Nº 02000678 del Registro de Predios de Pisco y anotado en el Registro SINABIP Nº 216 correspondiente al departamento de Ica (CUS Nº 18976). Artículo 2º .- Aprobar la transferencia de dominio del área de 350 319,92m², ubicado en la Bahía de Paracas, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, inscrito a favor del Estado en la Partida Nº 02000678 del Registro de Predios de Pisco y anotado en el Registro SINABIP Nº 216 correspondiente al departamento de Ica (CUS Nº 18976), a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC, en aplicación de la Ley Nº 30025 “Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura”. Artículo 3º.- La Empresa Nacional de Puertos S.A.- ENAPÚ S.A., deberá en un plazo de treinta (30) días hábiles, contabilizados a partir de la notifi cación de la presente Resolución, desalojar y entregar la posesión del predio submateria a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC, conforme a lo establecido en el numeral 13.3 del artículo 13º de la Ley Nº 30025. Artículo 4º.- La Zona Registral Nº XI-Sede Ica, Ofi cina Registral de Pisco de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos- SUNARP, por el mérito de la presente procederá a inscribir lo resuelto en la presente resolución. Regístrese y comuníquese. CARLOS REÁTEGUI SANCHEZ Subdirección de Desarrollo Inmobiliario 1100502-1 SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 514-2014/SBN-DGPE-SDDI Lima, 13 de junio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 719-2014/SBNSDDI, que contiene la solicitud del MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES-MTC, mediante el cual solicita la transferencia de dominio a título gratuito del predio de 81 543,75m², ubicado en la Bahía de Paracas, distrito de Paracas, provincia de Pisco, departamento de Ica, inscrito a favor del Estado en la Partida Nº 11002988 del Registro de Predios de Pisco y anotado en el Registro SINABIP Nº 2899 correspondiente al departamento de Ica (CUS Nº 81271), en adelante “el predio”; y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN), en mérito a lo dispuesto por la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (en adelante la Ley), y su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y sus modifi catorias (en adelante el Reglamento), así como al Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la califi cación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que constituye el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales, siendo responsable tanto de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo, y tiene como fi nalidad lograr el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social. 2. Que, de acuerdo con lo previsto por los artículos 47º y 48º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, publicado el 22 de diciembre de 2010 (en adelante ROF de la SBN), la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario es el órgano competente en primera instancia, para programar, aprobar y ejecutar los procesos operativos relacionados con los actos de disposición de los bienes estatales bajo la competencia de la SBN. 3. Que, mediante el Oficio Nº 361-2014-MTC/10.05 recibido por esta Superintendencia el 30 de abril de 2014 (SI. Nº 08990-2014), el Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC (en adelante “el administrado”), solicitó la transferencia de dominio a título gratuito de “el predio”, en aplicación de la Ley Nº 30025 “Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura” (foja 01 al 04). Para tal efecto, adjunto la siguiente documentación: A) Copia del Memorándum Nº 556-2014-MTC/10.05 suscrito por la Directora de la Ofi cina de Patrimonio del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del 25 de abril de 2014 (foja 05); B) Informe Técnico Legal Nº 02- 2014-MTC/10.05.VNZ.AFP elaborado por profesionales del MTC (foja 06 al 15); C) Plan de Saneamiento Físico Legal (foja 16 al 23); D) Copia de la Partida Nº 11002988 del Registro de Predios de Pisco (foja 24 al 29); E) Cd con información técnica en formato digital (foja 30); F) Plano perimétrico de “el predio” (foja 31); G) Fotografías de “el predio” (foja 32 al 35); H) Copia del Ofi cio Nº 100-2013- MTC/10.05 (foja 36 al 38); I) Copia del Ofi cio Nº 015-2014- MTC/10.05 (foja 39); J) Copia de la Notifi cación Nº 039-