Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2014 (24/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Martes 24 de junio de 2014

525911

a la opinion legal de la Oficina de Asesoria Juridica emitida mediante Informe N° 099-2014-OEFA/OAJ, del 20 de junio del 2014, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, hasta por la suma de Veintiun Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 21 000 000,00), a favor del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, para financiar la organizacion y realizacion de la Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP20 y la Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10; Con el visado de la Secretaria General, la Oficina de Administracion, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30115 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Literales a) y t) del Articulo 15° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, hasta por la suma de Veintiun Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 21 000 000,00), a favor del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, para financiar la organizacion y realizacion de la Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP20 y la Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10, conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el Articulo 1° de la presente Resolucion no podran ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 3°.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su aprobacion. Articulo 4°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA ANEXO RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 083- 2014-OEFA/PCD
EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 051: Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental 001: Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental Administracion OEFA. 9001: Acciones Centrales 3999999: Sin Producto 5000003: Gestion Administrativa 2: Recursos Directamente Recaudados GASTOS 2.4. Donaciones y Transferencias 21 000 000,00 TOTAL EGRESOS 21 000 000,00 21 000 000,00 21 000 000,00 21 000 000,00 21 000 000,00 EN NUEVOS SOLES

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen la publicacion de precedentes de observancia obligatoria aprobados en el Centesimo Vigesimo Primer Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP
RESOLUCION DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL REGISTRAL N° 149-2014-SUNARP/PT MORDAZA, 17 de junio de 2014. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 54 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, el Tribunal Registral es el organo que resuelve en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa registral las apelaciones contra las denegatorias de inscripcion y publicidad registral formuladas por los Registradores y Certificadores Registrales, cuando corresponda, en primera instancia; Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) del articulo 57 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, es funcion del Tribunal Registral aprobar precedentes de observancia obligatoria en los Plenos Registrales que para el efecto se convoquen; Que, en la sesion ordinaria del Centesimo Vigesimo Primer Pleno del Tribunal Registral, modalidad presencial, realizado el dia 06 de junio de 2014, se aprobaron tres (03) precedentes de observancia obligatoria; Que, el articulo 32 del Reglamento del Tribunal Registral, prescribe que "los acuerdos del Pleno Registral que aprueben precedentes de observancia obligatoria estableceran las interpretaciones a seguirse de manera obligatoria por las instancias registrales, en el ambito nacional, mientras no MORDAZA expresamente modificados o dejados sin efecto mediante otro acuerdo de Pleno Registral, por mandato judicial firme o MORDAZA modificatoria posterior"; Que, de conformidad con el articulo 33 del Reglamento del Tribunal Registral y el articulo 158 del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado mediante Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 126-2012-SUNARP-SN del 18 de MORDAZA de 2012, "Los precedentes de observancia obligatoria aprobados en Pleno Registral deben publicarse en el diario oficial "El Peruano", mediante Resolucion del Presidente del Tribunal Registral, siendo de obligatorio cumplimiento a partir del dia siguiente de su publicacion en dicho diario. Adicionalmente, dichos precedentes, conjuntamente con las resoluciones en las que se adopto el criterio, se publicaran en la pagina web de la SUNARP"; Que, asimismo, mediante Resolucion del Superintendente Adjunto de los Registros Publicos Nº 0032013-SUNARP/SA del 16 de febrero de 2013, se dispuso que a partir de la fecha, los Precedentes de Observancia Obligatoria que se aprueben en los posteriores Plenos Registrales, MORDAZA categorizados por temas, a fin de ser incorporados, permanentemente, al Indice tematico de Precedentes de Observancia Obligatoria del Tribunal Registral; Estando a la facultad conferida por el articulo 7 numerales 8) y 9) del Reglamento del Tribunal Registral. SE RESUELVE: Articulo Primero: Disponer la publicacion de los precedentes de observancia obligatoria aprobados en la sesion ordinaria del Centesimo Vigesimo Primer Pleno del Tribunal Registral de la SUNARP, realizado el dia 06 de junio de 2014, siendo el texto de los precedentes el siguiente:

CATEGORIA PRESUPUESTAL PRODUCTO ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO CORRIENTES

1100554-1

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