Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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Chepen, departamento de La Libertad; se encontraria sin inscripcion registral; Que, mediante Oficio Nº 023-2014-Z.R.NºV-UREG de fecha 15 de enero de 2014, la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA remite el Informe tecnico Nº0104-2014-ZRV-ST/OC de fecha 07 de enero de 2014, donde senala que respecto al area en consulta no es posible determinar si se encuentra inscrito en forma individual o como parte de otro de mayor extension; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 097-2013-SUNARP-SN senala que no impide la inmatriculacion, el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 06 de febrero de 2014 se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, presenta un suelo de composicion arenosa y rocosa el cual exterioriza una topografia variable que van desde zonas planas hasta accidentadas y con pendientes que oscilan entre el 10 % y mas de 30%; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 186 700,58 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0226 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 28 de MORDAZA de 2014; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de eriazo 186 700,58 m², ubicado al Noreste del Centro Poblado Chepen, en el distrito de Pacanga, provincia de Chepen, departamento de La Libertad; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Chepen. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 1102608-5 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 225-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2014 Visto el Expediente Nº 477-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion

El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 370 798,88 m², ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 906 862,80 m² ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 28 de febrero de 2014, sobre la base del Informe Tecnico Nº0113-2014-Z.R.NºVII/OC-HZ de fecha 05 de febrero de 2014, la MORDAZA Registral Nº VII-Sede MORDAZA senala que respecto al area en consulta no existe superposicion grafica; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 23 de MORDAZA de 2014, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, arenosa y rocosa, presenta una topografia plana con desniveles y presencia de cerros de poca pendiente y altitud; Que, tomando en consideracion que dentro del ambito del predio de mayor extension materia de consulta, existe un area plana caracterizada por la presencia de dunas y cerros que se encuentra sin uso y libre de ocupacion. Debido a estas caracteristicas fisicas se procedio a redefinir el predio materia de consulta a fin de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un area de 370 798,88 m², ubicado a la altura del Km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 370 798,88 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0252 - 2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 05 de MORDAZA de 2014 y de conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 370 798,88 m², ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey,

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