Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

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SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 254-2014/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2014 Visto el Expediente Nº 188-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 120 048,08 m², ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 906 862,80 m² ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 28 de febrero de 2014, sobre la base del Informe Tecnico Nº0113-2014-Z.R.NºVII/OC-HZ de fecha 05 de febrero de 2014, la MORDAZA Registral Nº VII-Sede MORDAZA senala que respecto al area en consulta no existe superposicion grafica; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 23 de MORDAZA de 2014, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza, presenta una topografia plana con algunas ondulaciones y desniveles; Que, tomando en consideracion que dentro del ambito del predio de mayor extension materia de consulta, existe un area plana homogenea con algunas ondulaciones que se encuentra sin uso y libre de ocupacion. Debido a estas caracteristicas fisicas se procedio a redefinir el predio materia de consulta a fin de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un area de 120 048,08 m², ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 120 048,08 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0250 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 05 de MORDAZA de 2014 y de conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias;

Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 906 862,80 m² ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, con Certificado de Busqueda Catastral de fecha 28 de febrero de 2014, sobre la base del Informe Tecnico Nº0113-2014-Z.R.NºVII/OC-HZ de fecha 05 de febrero de 2014, la MORDAZA Registral Nº VII-Sede MORDAZA senala que respecto al area en consulta no existe superposicion grafica; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 23 de MORDAZA de 2014, se verifico que el terreno es de naturaleza eriaza y arenosa, presenta una topografia plana con algunas ondulaciones y desniveles; Que, tomando en consideracion que dentro del ambito del predio de mayor extension materia de consulta, existe un area plana con algunos desniveles, asimismo se verifico la existencia de una construccion de material noble y adobe la cual se encuentra abandonada. Debido a ello se procedio a redefinir el predio materia de consulta a fin de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un area de 225 134,61 m², ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 225 134,61 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/ SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0251 -2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 05 de MORDAZA de 2014 y de conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 225 134,61 m², ubicado a la altura del km. 298 de la carretera Panamericana Norte, al Norte del Asentamiento Humano Miramar, en el distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº VII - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Casma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 1102608-14

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