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El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526395 ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Modifican el artículo 1° de la Res. Nº 136-2012/SBN-DGPE-SDAPE, sobre primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el departamento de Lima SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 152-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 09 de abril de 2014 Visto el Expediente Nº 186-2012/SBN-SDAPE en que se sustentó la Resolución Nº 136-2012/SBN-DGPE- SDAPE de fecha 15 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno de 47 750,27 m², ubicado al Norte de la laguna La Ensenada, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, por Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 04 de setiembre de 2012 sobre la base del Informe Técnico Nº 10006-2012-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, la Ofi cina Registral de Cañete de la Zona Registral NºIX - Sede Lima señaló que el área en consulta se visualiza gráfi camente en zona donde no se observan perimétricos con antecedentes registrales; Que, en mérito a la información proporcionada por la Ofi cina Registral de Cañete, se procedió a expedir la Resolución Nº 136-2012/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de octubre de 2012, que dispuso la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 47 750,27 m², ubicado al Norte de la laguna La Ensenada, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima; Que, con Título Nº 2013-9615 de fecha 09 de setiembre de 2013 se solicitó la inmatriculación del terreno de 47 750,27 m² descrito en el considerando precedente, siendo observado, por encontrarse superpuesto parcialmente con predio inscrito en la Partida Electrónica Nº 21176975 del Registro de Predios de Cañete; Que, de acuerdo a lo informado por la Ofi cina Registral de Cañete y la documentación técnica revisada, se procedió a excluir el área superpuesta, quedando una extensión de 20 721,29 m², con la que se solicitó el respectivo certifi cado de búsqueda catastral a la Ofi cina Registral de Cañete; Que, mediante Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 24 de marzo de 2014 sobre la base del Informe Técnico Nº 4630-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, la Ofi cina Registral de Cañete de la Zona Registral NºIX - Sede Lima señaló que el área en consulta se visualiza gráfi camente en zona donde no se observan perímetros con antecedentes registrales; Que, de acuerdo a lo informado por la Ofi cina Registral de Cañete, corresponde rectifi car de ofi cio, la Resolución Nº 136-2012/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 15 de octubre de 2012, en el sentido que el área sobre la cual se dispondrá la primera inscripción de dominio es de 20 721,29 m² ubicado al Oeste de la laguna La Ensenada, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, que tiene la calidad de eriazo; situación que no altera el sentido de la misma; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, modifi catorias, y la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y, Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0146-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 04 de abril de 2014; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car el artículo 1º de la Resolución Nº 136-2012/SBN-DGPE-SDAPE, en los términos siguientes: “Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 20 721,29 m² ubicado al Oeste de la laguna La Ensenada, distrito de San Antonio, provincia de Cañete, departamento de Lima, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.” Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1102608-1 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos rústicos, ubicados en los departamentos de Ayacucho y Huánuco SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 167-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 16 de abril de 2014 Visto el Expediente Nº 224-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno rústico de 1 951,68 m², ubicado a 170 metros al Norte de la Localidad Ruedona en el Sector Ruedona del distrito San Cristóbal, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 18 de abril de 2012, se suscribió el Convenio Nº 129-2012 de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, que tiene como objetivo fi jar los lineamientos administrativos y de operatividad que