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El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526421 terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de San Pedro de Lloc. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1102608-28 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 307-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 27 de mayo de 2014 Visto el Expediente Nº 567-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 152 273,24 m², ubicado al Norte del distrito de Supe, al pie del Cerro Purmacana, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 153 062,49 m², ubicado al Norte del distrito de Supe, al pie del Cerro Purmacana, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº 511-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/ BARR de fecha 07 de mayo de 2014, la Zona Registral NºIX SEDE- LIMA, remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral de fecha 23 de abril de 2014 sobre la base del Informe Técnico Nº6885-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/OC de fecha 21 de abril de 2014, donde señala que el área en consulta se ubica en zona donde no se aprecia predio inscrito; Que, realizada la inspección técnica con fecha 21 de mayo de 2014, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, con una topografía irregular y pendiente moderada, de suelo arenoso con zonas rocosas, asimismo se observó que los colindantes se encuentran ocupando parte del área materia de inscripción; Que, tomando en consideración que dentro del ámbito del predio de mayor extensión, los predios colindantes se encuentran ocupando un área mayor al de las bases grafi cas con las que cuenta esta Superintendencia, se procedió a redefi nir el área materia de consulta, a fi n de ser incorporado a favor del Estado, el cual se ha determinado un área de 152 273,24 m², ubicado al Norte del distrito de Supe, al pie del Cerro Purmacana, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 152 273,24 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº0 0325-2014/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 26 de mayo de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 152 273,24 m², ubicado al Norte del distrito de Supe, al pie del Cerro Purmacana, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Barranca. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCIA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1102608-29 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 308-2014/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 27 de mayo de 2014 Visto el Expediente Nº 562-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 103 878,41 m², ubicado al Norte del distrito de Supe, al pie del Cerro Purmacana, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfi ca de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifi có el terreno eriazo de 103 878,41 m2 ubicado al Norte del distrito de Supe, al pie del Cerro Purmacana, en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Ofi cio Nº509-2014-SUNARP-Z.R.NºIX/ BARR de fecha 07 de mayo de 2014 la Zona Registral NºIX-SEDE LIMA, remite el Certifi cado de Búsqueda Catastral en base al Informe Técnico Nº6884-2014/ SUNARP-Z.RNºIX/OC de fecha 21 de abril de 2014 donde señala que el área en consulta se ubica en zona donde no se encontró predio inscrito; Que, realizada la inspección técnica con fecha 21 de mayo de 2014, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, con una topografía irregular y pendiente moderada, encontrándose desocupado y libre de edifi caciones; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro