Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2014 (01/03/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

517862
del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ano Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1°, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6°.- El Oficial Superior designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y ios resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El citado Oficial Superior, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1056057-2

El Peruano Sabado 1 de marzo de 2014

Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que correspondan, el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por servicios en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios de la Empleada Civil MCI-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con DNI Nº 08127546 y CIP Nº 806358300, para que participe en la Pasantia en Oncologia Medica en el Servicio de Oncologia MedicaUrogenital, del Hospital Universitario 12 de octubre, en la MORDAZA de MORDAZA - Reino de Espana, del 01 de marzo al 31 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aereos: Lima-Madrid (Reino de Espana) - MORDAZA (clase economica) US$ 3,000.00 x 01 persona US$ 3,000.00 Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 3,250.00 x 03 meses x 01 persona (01 Mar-31 May 14)USS 9,750.00 Total a pagar : US$12,750.00

Autorizan viaje de Empleada Civil del Ejercito Peruano a Espana, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 089-2014-DE/ MORDAZA, 28 de febrero de 2014 VISTO: El Oficio Nº 008/DIEDOC/C-5.c del 6 de enero de 2014, de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el Director de Educacion y Doctrina del Ejercito comunica que el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion a la Empleada Civil MCI-2 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participe en la Pasantia en Oncologia Medica en el Servicio de Oncologia Medica-Urogenital, del Hospital Universitario 12 de octubre, en la MORDAZA de MORDAZA - Reino de Espana, del 1 de marzo al 31 de MORDAZA de 2014; Que, resulta conveniente para los intereses de la institucion, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios de la citada Empleada Civil, lo que permitira al Ejercito del Peru disponer de una profesional de la salud altamente capacitada en Oncologia, para que desarrolle y demuestre aptitudes, para tratar en forma eficiente al personal de la institucion, particularmente pacientes de esta especialidad, con los nuevos avances tecnologicos de la medicina; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejercito del Peru; de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002;

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional, para el Ano Fiscal 2014. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad, para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El Personal Civil MCI-2 debera cumplir con presentar un informe detallado al titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del referido plazo el personal civil cumplira tambien con presentar la rendicion de cuentas, conforme a lo establecido en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.