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El Peruano Sábado 1 de marzo de 2014 517868 propuesta de la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales (DGDCPS), órgano competente para implementar las acciones relacionadas con la gestión descentralizada del PCA, en el marco de los lineamientos antes referidos. 1.2. LA MUNICIPALIDAD, según lo establecido en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, que tiene como fi nalidad representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales, y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. LA MUNICIPALIDAD es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes. EL MIDIS y LA MUNICIPALIDAD, en caso de ser mencionados conjuntamente, serán denominados LAS PARTES. CLÁUSULA SEGUNDA: DEL MARCO LEGAL 1. Constitución Política del Perú. 2. Ley Nº 25307, Ley que crea el programa de apoyo a la labor alimentaria de las Organizaciones Sociales de Base. 3. Ley Nº 27767, Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria. 4. Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y sus modifi catorias. 5. Ley Nº 28540, Ley que crea el Registro Unifi cado Regional de Benefi ciarios de los Programas Sociales. 6. Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. 7. Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modifi catorias. 8. Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. 9. Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014. 10. Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 11. Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. 12. Decreto Supremo Nº 002-2008-MIMDES, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28540, Ley que crea el Registro Unifi cado Regional de Benefi ciarios de los Programas Sociales. 13. Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional. 14. Decreto Supremo Nº 008-2007-EF, que aprueba los “Lineamientos para la Distribución y Ejecución de los Fondos Públicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios”, y sus modifi catorias. 15. Resolución Ministerial Nº 163-2012-MIDIS, que señala que la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social establece los lineamientos y estrategias para la adecuada gestión del Programa de Complementación Alimentaria. Asimismo, faculta al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a establecer, a propuesta de la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales, los lineamientos y estrategias para la adecuada gestión del Programa de Complementación Alimentaria. 16. Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 240-2010-PCM/SD, que aprueba la Directiva Nº 004- 2010-PCM/SD, “Normas específi cas para la verifi cación y efectivización del proceso de transferencia del Programa de Complementación Alimentaria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a los Gobiernos Locales Distritales de la Provincia de Lima”. 17. Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 074-2012-PCM/SD, que precisa que toda referencia al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) en la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD, deberá entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. 18. Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 002-2013-PCM/SD, que precisa que toda referencia al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) en la Directiva Nº 004-2010-PCM/SD, deberá entenderse como referida al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como ente rector en materia de desarrollo e inclusión social. 19. Resolución Jefatural Nº 609-2003-PRONAA/J, que aprueba el Reglamento para comedores que reciben apoyo del Programa de Complementación Alimentaria, y sus modifi catorias. 20. Resolución Directoral Nº 240-2006-MIMDES- PRONAA/DE, que aprueba la Directiva General Nº 016-2006-MIMDES-PRONAA/UGPAN, “Normas sobre raciones referenciales para Programas Alimentarios y Nutricionales del PRONAA”. 21. Resolución de Contraloría Nº 357-2013-CG, que aprueba la Directiva Nº 009-2013-CG/PSC, “Información a ser enviada a la Contraloría General de la República con relación a la ejecución de los Programas Sociales a cargo de las Entidades del Estado”. CLÁUSULA TERCERA: DEL OBJETO DEL CONVENIO El presente Convenio tiene como objeto determinar las obligaciones que asumirán LAS PARTES durante la gestión descentralizada del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, en el marco de sus respectivas competencias, para la adecuada gestión de dicho programa. CLÁUSULA CUARTA: DE LAS DEFINICIONES Para efectos del presente convenio se entenderá como: Programa de Complementación Alimentaria (PCA): Conjunto de modalidades de atención que tienen por objetivo otorgar un complemento alimentario a la población en situación de pobreza o pobreza extrema, así como a grupos vulnerables constituidos por niñas, niños, personas con TBC, adultos mayores, personas con discapacidad en situación de riesgo moral y abandono, y víctimas de violencia familiar y política. Comité de Gestión Local: Es una instancia de participación que apoya la gestión del PCA a nivel local, conformada por representantes del Estado y de las Organizaciones Sociales de Base correspondientes. Capacitación: Proceso pedagógico constituido por un conjunto de actividades de interaprendizaje orientadas al desarrollo y fortalecimiento de conocimientos, habilidades y actitudes de las personas, con la fi nalidad de elevar su desempeño en la gestión del PCA. Asistencia Técnica: Proceso de asesoría constituido por un conjunto de actividades de acompañamiento orientadas a fortalecer los conocimientos, aptitudes, instrumentos y procesos relacionados con la gestión del PCA. Está dirigida a las autoridades, funcionarios y personal que participa en la gestión del PCA. CLÁUSULA QUINTA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES Las obligaciones que LAS PARTES contraen a través del presente convenio son las siguientes: 5.1. EL MIDIS, a través de las Direcciones Generales correspondientes, se compromete a lo siguiente: