Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2014 (02/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA 2 de marzo de 2014

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Visto; En Sesion de Concejo Ordinaria de la fecha, el Dictamen N° 001-2014-MDCH-CG, que recomienda aprobar el proyecto de Ordenanza que aprueba El PLAZO PARA MORDAZA DE DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL, EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE PAGO LOS TRIBUTOS MUNICIPALES, FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO MENSUAL A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS, EL MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL Y EL DERECHO POR SERVICIO DE EMISION MECANIZADA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014, propuesto mediante Informe Nº 005-2014-MDCH/ OAT., de la Oficina de Administracion Tributaria. CONSIDERANDO: Que, el inciso 2 del articulo 196º de la Constitucion Politica del Peru, establece; que son bienes y rentas de las municipalidades los tributos creados por Ley a su favor, concordante con el inciso 1 del articulo 69º del capitulo III del Titulo IV de la ley 27972 "Ley Organica de Municipalidades"; Que, el articulo 40º de la ley 27972 Ley Organica de Municipalidades establece; que las Ordenanzas son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa Municipal por medio de las cuales se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos, contribuciones y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa, dentro de los limites establecidos por Ley; Que, los articulos 14º y 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156 ­ 2004 ­ EF., con referencia al impuesto predial, indica que los contribuyentes estan obligados a presentar declaracion jurada anual, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero; Que, la Ley de Tributacion Municipal en el Articulo 15° establece que el impuesto predial, podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano, y en forma fraccionada en cuatro cuotas trimestrales: la primera en febrero el ultimo dia habil y los restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, respectivamente. Todo ello reajustado de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al por Mayor (IPM), que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI). Que, la Cuarta Disposicion Final del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, faculta a la Administracion para realizar el cobro por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio; siendo su costo no mas del 0.4% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio, sustituyendo la valorizacion a la obligacion de MORDAZA de declaraciones juradas; Que, el articulo 33º del texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por D.S Nº 135 ­ 99 ­EF y modificatorias, establece que en el caso de los tributos administrados por los gobiernos locales, la Tasa de Interes Moratorio (TIM) sera fijada por Ordenanza Municipal; Que, de conformidad con el articulo 13º del D.L. 776, concordante con el D.S. Nº 156 ­ 2004 ­ EF, las Municipalidades estableceran un monto minimo por concepto del Impuesto Predial, equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 1º de enero del ano al que corresponde el impuesto. En ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 ­ con el MORDAZA unanime de los senores regidores y con la dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; se aprobo lo siguiente:

cada ano; o, en forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales; Que, el ultimo parrafo del articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF prescribe que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 017-2013-MDLP fueron establecidas las fechas de vencimiento para el pago de Tributos Municipales correspondientes al ejercicio 2014; Que, el articulo primero de las disposiciones finales de la Ordenanza Nº 017-2013-MDLP se faculta al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, establecer fechas distintivas a los senalados en dicha Ordenanza a traves de Decreto de Alcaldia; Que, es necesario brindar las facilidades a los contribuyentes, prorrogando el plazo del vencimiento del pago del Impuesto Predial al contado o fraccionado correspondiente al ejercicio 2014; y los arbitrios municipales de los meses de enero y febrero del ejercicio 2014; Estando a lo expuesto y, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y, en cumplimiento de lo establecido en la primera disposicion final de la Ordenanza Nº 017-2013-MDLP, DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el plazo para el vencimiento del pago del Impuesto Predial, al contado y fraccionado (primera cuota trimestral), correspondiente al ejercicio 2014, hasta el 31 de marzo del 2014. Articulo Segundo.- Prorrogar el plazo para el vencimiento del pago de los arbitrios municipales por barrido de calles, recojo de residuos solidos (limpieza publica); parques y jardines; y serenazgo correspondiente a los meses de enero y febrero del ejercicio 2014 hasta el 31 de marzo del 2014. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y las Sub Gerencias Dependientes de dicha Unidad Organica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Encargar a la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en la pagina web de la Municipalidad Distrital de La Perla. Registrese, publiquese, cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Establecen plazo para MORDAZA de Declaracion Jurada del Impuesto Predial, el cronograma de vencimiento de pago de los tributos municipales, fijan la Tasa de Interes Moratorio, el monto minimo del Impuesto Predial y el derecho por servicio de emision mecanizada para el Ejercicio Fiscal 2014
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2014-MDCH
Chancay, 29 de enero del 2014. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY

ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PLAZO PARA MORDAZA DE DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL, EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO DE PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES, FIJA LA TASA DE INTERES MORATORIO, EL MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL Y EL DERECHO POR SERVICIO DE EMISION MECANIZADA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014
Articulo Primero.- FIJESE el plazo para la MORDAZA de Declaracion Jurada del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2014, hasta el 28 de febrero del 2014.

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