Norma Legal Oficial del día 02 de marzo del año 2014 (02/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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Articulo Segundo.- El presente Acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicacion en el diario oficial El Peruano, incluyendo el texto de las Ordenanzas Nº389-MDB, modificada por la Ordenanza 391-MDB, en aplicacion de lo dispuesto por el articulo 4º del D.S.Nº 004-2008-PCM Reglamento de la Ley Nº 29091; ademas en el MORDAZA institucional y en el MORDAZA de Servicio al Ciudadano y Empresas-PSCE del Anexo que contiene el listado de los derechos de tramites por los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad, conforme lo dispuesto por el articulo 3º numeral 3.1 del citado Reglamento. La aplicacion de las ordenanzas materia de la presente ratificacion sin la condicion MORDAZA senalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra la adopcion de medidas necesarias respecto de los procedimientos de edificaciones y habilitaciones, adecuadas a la Ley Nº 29090 y modificatorias, en sentido que el derecho de tramite total del procedimiento no excede en valor una (1) UIT y en caso que excediera, previo a su cobro, se solicite la autorizacion excepcional prevista en la Ley Nº 27444, cuya fiscalizacion se encuentra a cargo de las entidades competentes. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el SAT, a traves de su pagina web www sat. gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del SAT, en MORDAZA con lo dispuesto por el articulo 19 de la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa

El Peruano MORDAZA 2 de marzo de 2014

1056009-1

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban los procedimientos, servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de tramite contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad
(Se publican las presentes Ordenanzas a solicitud de la Municipalidad de Barranco, mediante Oficio Nº 0148-2014MDB-SG, recibido el 28 de febrero de 2014)

ORDENANZA Nº 389-MDB
Barranco, 26 de junio del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL DE BARRANCO en Sesion Ordinaria de la Fecha: VISTOS: El Informe Nº 50-2013-GPPR-MDB, de fecha 21 de junio del 2013, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion; el Informe Nº 1307-2013GAyF/MDB, de fecha 21 de junio del 2013, emitido por la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Informe Nº3732013-GAJ-MDB, de fecha 21 de junio del 2013, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y el Memorandum Nº 6722013-GM/MDB, de fecha 21 de junio del 2013, emitido por la Gerencia Municipal; respecto a la aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, correspondiendole al Concejo Municipal la

funcion normativa que se ejerce a traves de ordenanzas, de acuerdo al articulo 200º numeral 4 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el numeral 36.1 del Articulo 36º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, senala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos, en el caso de gobiernos locales, se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; Que, el numeral 36.3 del Articulo 36º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, senala que las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos o requisitos o a la simplificacion de los mismos, podran aprobarse por Resolucion Ministerial, MORDAZA Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldia, segun se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, aprueba los Lineamientos Para la Formulacion y Aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, senalando que en el caso de Gobiernos Locales, se aprobara mediante Ordenanza Municipal; Que, el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la Metodologia de Determinacion de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Comprendidos en los Textos Unicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Publicas, y el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, que aprueba la Metodologia de Simplificacion Administrativa, deben ser aplicados en las Municipalidades Distritales consideradas MORDAZA "A" con fecha limite 31 de MORDAZA de 2013, segun lo dispuesto en la Resolucion de Secretaria de Gestion Publica Nº 001-2012-SGP; Que, la Ley Nº 29091, y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, establecen la forma y oportunidad para la publicacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos-TUPA senalando que, para el caso se debera publicar el dispositivo legal que lo aprueba, en el diario encargado de los avisos judiciales de la region, y el texto integro del MORDAZA debera ser publicado en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano (www.serviciosalciudadano.gob. pe) y en el MORDAZA institucional. Que, la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser ratificadas por la Municipalidad Provincial, procedimiento que, para el caso de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML, la cual regula el procedimiento de ratificacion de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de MORDAZA que crean, modifican o regulen tasas o contribuciones dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones; Que, la Ordenanza Nº 1533-MML en su articulo 4º establece que la MORDAZA de solicitudes de ratificacion de Ordenanzas sobre derechos por la tramitacion de procedimientos y servicios brindados en exclusividad contenidos en los MORDAZA municipales, deberan efectuarse ante el SAT hasta el ultimo dia habil del mes de junio del ano; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Articulo 9º. Numeral 8) y Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, ha emitido la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITE CONTENIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO
Articulo Primero.- Apruebese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Barranco, el cual contiene un total de 108 Procedimientos Administrativos y 23 Servicios brindados en Exclusividad, conforme las denominaciones y detalles establecidos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Apruebense los Derechos de Tramite por los procedimientos y servicios administrativos brindados en exclusividad, contenidos en el TUPA.

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