TEXTO PAGINA: 38
El Peruano Domingo 2 de marzo de 2014 517980 El anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados en la presente Ordenanza, será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco (www.munibarranco.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe). Artículo Séptimo.- Vigencia La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifi que y de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento. Artículo Octavo.- Cumplimiento Encargar el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y sus Anexos, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Barranco. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESSICA A. VARGAS GÓMEZ Alcaldesa 1056007-2 MUNICIPALIDAD DE LINCE Amplían fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 05-2014-ALC-MDL Lince, 27 de febrero del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Memorándum Nº 078-2014-MDL-GM de fecha 24 de Febrero del 2014, remitido por la Gerencia Municipal; el Memorándum N° 105-2014-MDL/OAT de fecha 19 de Febrero del 2014, emitido por la Ofi cina de Administración Tributaria, y el Informe Nº 105-2014-MDL/ OAJ, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en sus Artículos 74° y 194°, reconoce a los Gobiernos Locales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nª 334-MDL, publicada en el diario ofi cial “El Peruano”, el día 05 de Enero del 2014, se fi jó el Calendario de Pagos Tributarios e Incentivos por Pronto Pago, entre otros, correspondiente al Ejercicio 2014; Que, el Artículo Tercero de la norma acotada en el párrafo precedente, establece como “Incentivos para el Pago” para el presente año, el descuento del 15%, si los contribuyentes, cumplen con el pago total anual correspondiente a los Arbitrios Municipales 2014, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial; el descuento del 10%, si cancelan un semestre completo correspondiente a los Arbitrios Municipales 2014, dentro del plazo establecido para el pago al contado del Impuesto Predial, y descuento del 5%, al pago mínimo de dos (02) meses vencidos de Arbitrios Municipales 2014, según liquidación en la vía en que se encuentre; Que, asimismo, se establecen las fechas de vencimiento del pago del Impuesto Predial al contando y en forma fraccionada; y de los Arbitrios Municipales correspondientes a los meses de Enero y Febrero, con fecha de vencimiento, el día 28 de Febrero del 2014; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza N° 334-MDL, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la indicada Ordenanza, y asimismo para que disponga su prórroga si fuera el caso; Que, mediante documento de vistos, la Ofi cina de Administración Tributaria, estima pertinente la ampliación del plazo de fechas de vencimiento de pagos tributarios e incentivos por pronto pago, teniendo en cuenta los pedidos de contribuyentes, solicitando la ampliación de los plazos establecidos, por encontrarse en procesos de pagos de matrículas escolares, pagos tributarios del Gobierno Central entre otros, resultando por conveniente otorgarles las máximas facilidades para el cumplimiento ordenado y oportuno de sus obligaciones tributarias ante la Corporación Edil; Que, conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del Artículo 20 de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- AMPLIAR las fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al ejercicio 2014, según el siguiente detalle: IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES Al Contado: 31 de Marzo 2014 Enero : 31 de Marzo 2014 Febrero : 31 de Marzo 2014 Artículo Segundo.- Los benefi cios establecidos en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 334-MDL, serán de aplicación en función del Artículo Primero del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Administración Tributaria, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Tecnología de Información y Procesos, y a la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1055613-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Prorrogan vencimiento de pago de la primera cuota trimestral del Impuesto Predial, así como de los arbitrios municipales correspondientes a enero y febrero del ejercicicio 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2014-MDLP- ALC La Perla, 21 de febrero del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: El Memorándum Nº 091-2014-GAT/MDLP de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 064-2013-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que “las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos de gobierno local. Tienen autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que, el artículo 15º del texto legal antes mencionado establece que, el Impuesto Predial podrá ser cancelado al contado hasta el último día hábil del mes de febrero de