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El Peruano Domingo 2 de marzo de 2014 517979 Artículo Tercero.- Deróguense todas las normas o disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- El Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados en la presente Ordenanza, será publicado en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Barranco (www.munibarranco. gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe). Artículo Quinto.- Facúltese a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Barranco, para que, mediante Decreto de Alcaldía, apruebe los Formatos y Formularios, exigidos como requisitos en la tramitación de los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, los mismos que serán de libre reproducción. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifi que y de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados, en los términos previstos en la Ley Nº 29091 y su Reglamento. Artículo Sétimo.- Encargar, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Barranco, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y sus anexos,. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESSICA A. VARGAS GÓMEZ Alcaldesa 1056007-1 Modifican la Ordenanza Nº 389-MDB y aprueban nuevo anexo que contiene el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 391-MDB Barranco, 22 de agosto del 2013 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Extraordinaria de la fecha VISTOS: El Informe Nº 074-2013-GPPR/MDB, de fecha 21 de agosto del 2013, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; El Informe Nº 518-2013-GAJ-MDB, de fecha 21 de agosto del 2013, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum Nº 904-2013-GM/MDB, de fecha 21 de agosto del 2013, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 36.1 del Artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos, en el caso de gobiernos locales, se establecen exclusivamente mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, mediante Ordenanza Nº 389-MDB, fecha 26 de junio de 2013, se aprobó el Texto Único del Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Barranco, iniciándose el proceso de ratifi cación ante la Municipalidad Metropolitana de Lima, en la misma fecha; Que, mediante Ofi cio Nº 004-00007741, de fecha 25 de julio de 2013, la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, de la Municipalidad Metropolitana de Lima, procede a la devolución de la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 389-MDB, señalando las observaciones que deben ser subsanadas para su reingreso en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles de notifi cado; Que, mediante Informe Nº 074-2013-GPPR/MDB, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización remite el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, mediante el cual se subsanan las observaciones formuladas por el SAT, el mismo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal, a través del Informe Nº 518-2013-GAJ-MDB y Memorándum Nº 904-2013-GM/ MDB, respectivamente; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º, numeral 8) y Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 389-2013-MDB Y APRUEBA EL NUEVO ANEXO QUE CONTIENE EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Artículo Primero.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional Dispóngase la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, de la Municipalidad Distrital de Barranco, el cual contiene un total de 102 Procedimientos Administrativos y 24 Servicios brindados en Exclusividad, conforme las denominaciones y detalles establecidos en el ANEXO que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 29090 y modifi catorias, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones y licencias para la realización de habilitaciones urbanas y edifi caciones recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 29090, sus modifi catorias y Reglamentos. Artículo Tercero.- Adecuación de los procedimientos administrativos a la Ley Nº 28976 Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las autorizaciones para el funcionamiento de locales donde se desarrollen actividades económicas, recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 28976. En cumplimiento de las formalidades previstas en la citada Ley, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional y en la sede institucional de las estructuras de costos de los procedimientos administrativos de licencias de funcionamiento, así como los planos de zonifi cación e índice de usos (compatibilidad de uso), esto último con la fi nalidad de facilitar la adecuada formulación de las solicitudes de licencias de funcionamiento. Artículo Cuarto.- Integración a la Ordenanza Nº 389- 2013-MDB La presente Ordenanza, así como los anexos que la integran, forman parte integrante de la Ordenanza Nº 389- 2013-MDB. Artículo Quinto.- Derogación Deróguese el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 389- 2013-MDB, y todas las disposiciones que se opongan al contenido de la presente ordenanza. Artículo Sexto.- Publicidad La presente Ordenanza y la Ordenanza Nº 389-2013- MDB, así como el Acuerdo de Concejo Metropolitano ratifi catorio estarán disponibles en el Portal Institucional (www.munibarranco.gob.pe) y en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria – SAT (www.sat.gob. pe).