Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2014 (21/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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Pobreza", constituida mediante Decreto Supremo Nº 0012001-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PROMUDEH. Articulo 3.- Notificar la presente Resolucion a la Secretaria Tecnica del Comite Ejecutivo Nacional de la Mesa de Concertacion para la Lucha Contra la Pobreza y a los representantes mencionados, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1064260-1

El Peruano Viernes 21 de marzo de 2014

Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) 2014 del Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0126-2014-MINAGRI MORDAZA, 18 de marzo de 2014 VISTOS: El Oficio Nº 408-2014-MINAGRI-OPP/UPS de fecha 18 de febrero de 2014, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 030-2014-MINAGRIOPP/UPS de fecha 11 de febrero de 2014, de la Unidad de Politica Sectorial de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, el cual ha sido modificado por la Ley Nº 30048, con relacion a su denominacion, estructura y funciones, disponiendose en el articulo 2 de la citada Ley, que a partir de su vigencia, el Ministerio ha adquirido una nueva denominacion, debiendo entenderse toda referencia legislativa al Ministerio de Agricultura como efectuada al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el numeral 1 del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la funcion de dirigir el MORDAZA de planeamiento estrategico sectorial, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuacion; y asignar los recursos necesarios para su ejecucion, dentro de los limites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 71.3 de articulo 71 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, preve que los Planes Operativos Institucionales reflejan las Metas Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada ano fiscal y constituyen instrumentos administrativos que contienen los procesos a desarrollar en el corto plazo, precisando las tareas necesarias para cumplir las Metas Presupuestarias establecidas para dicho periodo, asi como la oportunidad de su ejecucion, a nivel de cada dependencia organica; Que, con Resolucion Ministerial Nº 0161-2012-AG, se aprobo el Plan Estrategico Sectorial Multianual periodo 2012-2016 (PESEM), del Ministerio de Agricultura; Que, la Directiva Sectorial Nº 006-2010-AG-DM "Directiva para la Formulacion y Seguimiento del Plan Operativo Institucional (POI) en el Ministerio de Agricultura - MINAG", establece el MORDAZA y las pautas para la formulacion, aprobacion, seguimiento (monitoreo) y modificacion del POI de los organismos, proyectos, programas y organos del Ministerio de Agricultura, el mismo que refleja las Metas Fisicas y Presupuestarias que se esperan alcanzar para cada Ano Fiscal y constituye un instrumento administrativo que contiene los procesos a desarrollar en el corto plazo, considerando en

su formulacion los lineamientos de politica agraria y los objetivos estrategicos contenidos, entre otros, en el Plan Estrategico Sectorial Multianual (PESEM); Que, de conformidad con los articulos 26, 27 y 29 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008AG, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ejerce, entre otras funciones, el asesorar a la Alta Direccion, a los organismos publicos, programas y proyectos del Sector en la formulacion, ejecucion, seguimiento y evaluacion de la Politica Nacional Agraria y de los planes sectoriales de desarrollo; y a traves de la Unidad de Politica Sectorial, el proponer y opinar sobre planes y demas instrumentos del Ministerio que implementen las politicas y estrategias para el desarrollo agrario; Que, mediante Oficio Nº 408-2014-MINAGRI-OPP/ UPS, el Director General de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace MORDAZA y remite el Informe Nº 030-2014MINAGRI-OPP/UPS de la Unidad de Politica Sectorial, en el cual establece que el Plan Operativo Institucional 2014 del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI) ha sido elaborado en concordancia con el PESEM 20122016, alineado a los MORDAZA de desarrollo agrario (gestion, competitividad, inclusion y sostenibilidad); que las metas y los objetivos considerados en el POI estan contemplados en el Presupuesto Institucional de Apertura 2014 del MINAGRI; y que es una compilacion de los Planes Operativos Institucionales de los organos, programas y proyectos del Ministerio, por lo que recomienda su aprobacion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008AG; y la Directiva Sectorial Nº 006-2010-AG-DM. SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) 2014 del Ministerio de Agricultura y Riego, documento que como Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2.- Disponer que la Unidad de Tecnologia de la Informacion publique el Plan Operativo Institucional (POI) 2014 del Ministerio de Agricultura y Riego, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Articulo 3.- Los organos, Programas y Proyectos Especiales del Ministerio de Agricultura y Riego, tienen la responsabilidad de la ejecucion, seguimiento y evaluacion del Plan Operativo Institucional (POI) 2014 del Ministerio de Agricultura y Riego, en el ambito de su competencia, con la finalidad de alcanzar los objetivos sectoriales. Articulo 4.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, se encargara de elaborar los informes de seguimiento de los avances de la implementacion del Plan Operativo Institucional (POI) 2014 del Ministerio de Agricultura y Riego. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego 1064260-2

Designan Suplente del Presidente y Miembro de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0127-2014-MINAGRI MORDAZA, 18 de marzo de 2014

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