Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2014 (21/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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El Peruano Viernes 21 de marzo de 2014

CULTURA
Otorgan la distincion de "Personalidad Meritoria de la Cultura" en el MORDAZA de las celebraciones del Dia del Artesano
RESOLUCION MINISTERIAL N° 097-2014-MC MORDAZA, 19 de marzo de 2014 VISTO, el Informe N° 095-2014-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 14 de marzo de 2014, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565, se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personeria juridica de derecho publico, estableciendo entre sus funciones "conceder reconocimiento al merito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del pais"; Que, el articulo 11 de la Directiva N° 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolucion Ministerial N° 080-2011-MC de fecha 3 de marzo de 2011 y sus modificatorias, establece que "(...) el Ministerio de Cultura, mediante Resolucion Ministerial reconoce a personas naturales y/o juridicas, previo estudio en cada caso en particular, con alguna de las distinciones siguientes: Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el MORDAZA de la investigacion, transmision, conservacion, rescate y salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, asi como la creacion academica, intelectual y en el MORDAZA de la creacion e interpretacion artistica diversa (...)"; Que, el 19 de marzo de cada ano, se celebra el Dia del Artesano, y en el MORDAZA de dicho acontecimiento el Ministerio de Cultura ha considerado distinguir como Personalidad Meritoria de la Cultura a destacados artesanos tradicionales y un investigador de arte tradicional peruano, quienes por su valiosa labor han realizado un aporte al desarrollo cultural del pais; Que, con Informe N° 095-2014-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 14 de marzo de 2014, la Direccion General de Industrias Culturales y Artes manifiesta su conformidad con la opinion tecnica contenida en el Informe N° 1912014-DIA-DGIA-VMPCIC/MC, respecto al reconocimiento de destacados artesanos tradicionales y un investigador de arte tradicional peruano como Personalidad Meritoria de la Cultura, que fueran propuestos por la Municipalidad del Centro Poblado de Taquile ­ MORDAZA, y por la Direccion de Patrimonio Inmaterial; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Secretario General, de la Directora General de Patrimonio Cultural, de la Directora General de Industrias Culturales y Artes y del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013MC; y la Resolucion Ministerial N° 080-2011-MC y sus modificatorias que aprueba la Directiva N° 001-2011/MC, "Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el Otorgamiento de Reconocimientos"; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar la distincion de "Personalidad Meritoria de la Cultura" en el MORDAZA de las celebraciones del Dia del Artesano, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, a las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA Huatta, en merito a su labor de salvaguardia del arte textil de Taquile.

- MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en merito a su labor de salvaguardia del arte textil de Taquile. - MORDAZA MORDAZA Huatta, en merito a su labor de salvaguardia del arte textil de Taquile. - Terencia MORDAZA de MORDAZA, en merito a su labor de salvaguardia del arte textil de Taquile. - MORDAZA Huatta MORDAZA, en merito a su labor de salvaguardia del arte textil de Taquile. - MORDAZA MORDAZA de Huatta, en merito a su labor de salvaguardia del arte textil de Taquile. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a su fructifera trayectoria como maestro en el arte de la talla en MORDAZA y por su contribucion a su salvaguardia. - MORDAZA Veli MORDAZA, en merito a su significativa trayectoria en el arte de burilar mates y por su aporte a la salvaguardia de esta expresion artistica en el MORDAZA del Mantaro. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a su fructifera trayectoria como maestro en el arte de la alfareria y por su contribucion a la salvaguardia del estilo tradicional de Quinua. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a su fructifera trayectoria como maestro en el arte de la peleteria y por su contribucion a su salvaguardia. - MORDAZA Canayo MORDAZA, en merito a su fructifera trayectoria como maestra en las artes tradicionales Shipibas y por su contribucion a la salvaguardia y difusion de la cultura Shipiba. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en merito a su fructifera trayectoria en la investigacion, pedagogia y promocion del arte tradicional peruano. Articulo 2°.- Remitir una MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda a la inscripcion que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1064882-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Declaran efectivizada la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA del ambito de MORDAZA Metropolitana
DECRETO SUPREMO Nº 002-2014-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 188 de la Constitucion Politica del Peru, la descentralizacion es una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, cuyo objetivo es el desarrollo integral del MORDAZA, precisandose ademas que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, conforme a lo normado por el inciso 2.11 del articulo 84 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en materia de Programas Sociales, y de Defensa y Promocion de Derechos, corresponde a los Gobiernos Locales Distritales, como funcion especifica exclusiva, ejecutar el Programa del Vaso de Leche y

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