Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2014 (22/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Sábado 22 de marzo de 2014 519343 Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2013-MC, establece en su artículo 35 que la Dirección General de Administración tiene a su cargo organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la correcta aplicación entre otros, de los Sistemas Administrativos de Tesorería y Contabilidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2014-MC de fecha 10 de enero de 2014, se delegó en el funcionario responsable de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, distintas facultades en materias de contrataciones del Estado, bienes muebles e inmuebles, Proyectos de Inversión Pública, y acciones administrativas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 017-2014-MC de fecha 14 de enero de 2014, se designó, a partir del 16 de enero de 2014, a la señora Ana Grimanesa Reátegui Napurí en el cargo de Directora de la Ofi cina de Administración, actualmente Ofi cina General de Administración del Ministerio de Cultura; Que, mediante el documento del visto, la Ofi cina General de Administración solicita su designación como representante legal del Ministerio de Cultura ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, para que gestione y autorice los asuntos ante la citada entidad en temas tributarios y aduaneros; Que, en ese orden de ideas, resulta conveniente ampliar las facultades otorgadas al funcionario responsable de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, otorgadas mediante Resolución Ministerial Nº 009-2014-MC, a efectos de que ejerza la representación legal del Ministerio del Cultura ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria -SUNAT; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; La Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ampliar las facultades delegadas en el funcionario responsable de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2014, otorgadas mediante Resolución Ministerial Nº 009-2014-MC, para que ejerza la representación legal del Ministerio de Cultura ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, para que gestione y autorice los asuntos y documentos ante la citada entidad en temas tributarios y aduaneros. Artículo 2º.- Precísese que las facultades delegadas al funcionario responsable de la Ofi cina General de Administración mediante Resolución Ministerial Nº 009- 2014-MC, se encuentran plenamente vigentes. Artículo 3º.- El funcionario responsable de la Ofi cina General de Administración deberá informar trimestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de la facultad delegada mediante la presente resolución, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre. Artículo 4º.- Disponer que el representante legal del Ministerio de Cultura ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Admimnistración Tributaria realice las gestiones necesarias para la adecuada ejecución de la presente resolución, así como su comunicación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 1064884-1 Autorizan viaje de personal del Ministerio de Cultura a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 100-2014-MC Lima, 21 de marzo de 2014 Vistos, el Memorando N° 095-2014-DGIA-VMPCIC/MC, la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este tiene entre sus funciones exclusivas la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes está encargada de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfi ca y de los nuevos medios; Que, asimismo el artículo 81 del citado Reglamento establece que la Dirección del Libro y la Lectura de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene entre sus funciones proponer, promover e implementar los planes, programas, acciones y normas dirigidos a la promoción y difusión de la creación literaria y del libro, al fomento de la lectura, al desarrollo de la industria editorial nacional y a la exportación del libro peruano; así como promover la participación de los autores, editores, libreros y otros profesionales peruanos del libro en congresos, ferias, exposiciones y otros eventos nacionales e internacionales dedicados al libro y productos editoriales afi nes; Que, con fecha 4 de febrero de 2014 se publicó en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la Resolución Ministerial N° 036- 2014-MC que declaró de interés institucional la participación del Perú a través del Ministerio de Cultural en la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, que se llevará a cabo del 29 de abril al 12 de mayo de 2014; Que, mediante Memorando N° 095-2014-DGIA- VMPCIC/MC, la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes, comunica la necesidad de participación en un viaje de coordinación con motivo de la realización de la “XXVII Feria Internacional del Libro de Bogotá-FILBO”, de los señores Vera Lauer Salas, en calidad de Coordinadora General; Mauricio Salas Torreblanca, Director de Elencos Nacionales y su propia participación con los organizadores de la referida Feria Internacional, a fi n de garantizar el éxito de la participación del Perú como País invitado de honor en la FILBO 2014, precisando que dicho viaje de coordinación por su importancia para el país, se enmarca en la Resolución Ministerial N° 036-2014-MC antes citada y signifi caría la proyección internacional de la imagen del Perú, abriendo oportunidades de comercio, exportación y expansión para la industria editorial peruana, constituyendo un evento de promoción de importancia nacional; Que, de acuerdo al documento antes señalado, la Directora General de Promoción y Difusión Cultural, actualmente Dirección General de Industrias Culturales y Artes propuso que en las citadas reuniones de coordinación que se llevarán a cabo del 24 al 29 de marzo de 2014, participen la señorita Mariela Ninna Noriega Alegría, Directora General de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; la señorita Vera Lauer Salas con Contrato Administrativo de Servicios N° 0108-2014-MC y el señor Mauricio Salas Torreblanca, Director de Elencos Nacionales; siendo los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura; Que, siendo de interés institucional sostener las referidas reuniones de coordinación para preparar debidamente la participación de nuestro país en el citado evento, se estima por conveniente autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señorita Mariela Ninna Noriega Alegría del 23 al 25 de marzo de 2014, de la señorita Vera Lauer Salas del 23 al 29 de marzo de 2014 y del señor Mauricio Salas Torreblanca del 25 al 28 de marzo de 2014, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente