Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2014 (29/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Sabado 29 de marzo de 2014

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Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Agricultura y Riego, por la Ministra de Salud, y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de marzo del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo Encargada del Despacho del Ministerio de Salud

no cuenta con reservorios de agua para regular el Sistema Hidrico; asi como, se han reportado danos en el Sector agropecuario debido a la ausencia de lluvias, originando el fenomeno de sequia, lo cual esta afectando severamente al distrito de Olmos, reportandose la perdida de 181 animales; y la ganaderia se encuentra en muy mal estado de nutricion con MORDAZA iniciales de deficiencias de minerales, estimandose en 9,030 vacunos, 8,000 ovinos, 6,000 caprinos y 1,200 equinos en inminente riesgo de perderse por la falta de alimento y por deficiencia secundaria de minerales e intoxicaciones alimentaria por consumo de restos de forraje seco que permanecen regados en el suelo y que constituye una fuente de infeccion que podria propagarse a mayores; lo cual genera perdidas del capital pecunario que afecta mayoritariamente a la pequena ganaderia; por lo que emite opinion favorable para que se declare el Estado de Emergencia en el distrito de Olmos, de la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias calendario; Que, la magnitud de la situacion descrita demanda la adopcion de medidas inmediatas que permitan, al Gobierno Regional de MORDAZA, a la Municipalidad Provincial de MORDAZA, y al Distrito de Olmos, con la coordinacion del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y demas instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda, ejecuten acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; por lo que se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitido con el Memorandum N° 0972014-PCM-SGRD, considerando que corresponde declarar el Estado de Emergencia; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Declaratoria de Estado de Emergencia Declarese en Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) dias calendario, en el distrito de Olmos, de la provincia de MORDAZA, del departamento de MORDAZA, por deficiencia hidrica en el sector agropecuario, que ha generado danos en sectores del referido distrito; para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Olmos, en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demas instituciones publicas y privadas involucradas dentro de sus competencias, ejecutaran las medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.Responsabilidad de las coordinaciones El Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, sera responsable de realizar las coordinaciones necesarias entre el Gobierno Regional de MORDAZA, la Municipalidad Provincial de MORDAZA y la Municipalidad Distrital de Olmos, los Sectores, Instituciones y Organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutar las acciones de respuesta y rehabilitacion, segun corresponda, con la finalidad que estas se inicien y se cumplan dentro del plazo de vigencia de la Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendo mantener informada a la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros del avance de las mismas.

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Autorizan viaje de Ministro del Ambiente a Panama y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION SUPREMA N° 116-2014-PCM
MORDAZA, 28 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pulgar-Vidal Otalora, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, debera asistir al IX Foro Economico Mundial para MORDAZA Latina, que se desarrollara bajo el lema `Caminos de Apertura para el Desarrollo Compartido", evento que se realizara del 01 al 03 de MORDAZA, en la MORDAZA de Panama - Republica de Panama; Que, el referido evento reunira a los lideres politicos, academicos y otros de la sociedad para dar forma a la futura agenda politica, economica, ambiental y social de MORDAZA Latina, lo cual constituye una excelente oportunidad para propiciar el debate sobre los problemas ambientales mas apremiantes del MORDAZA y para co-disenar posibles soluciones MORDAZA de la Vigesima Conferencia de las Partes de la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climatico - COP20, evento que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA el presente ano, conjuntamente con la Decima Reunion de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10; Que, en tal sentido, resulta de interes nacional la asistencia y participacion del Ministro del Ambiente en el mencionado evento, teniendo en cuenta que constituye objeto del Ministerio del Ambiente, la conservacion del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y etico de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, economico y cultural de la persona humana, en permanente MORDAZA con su entorno, y asi asegurar a las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida; Que, por consiguiente, corresponde al Ministerio del Ambiente asumir el gasto por concepto de viaticos que genere la participacion del Titular del Sector en el evento MORDAZA indicado; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127° de la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA PULGARVIDAL OTALORA, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, a la MORDAZA de Panama - Republica de Panama, del 31 de marzo al 03 de MORDAZA de 2014, para los

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