Norma Legal Oficial del día 29 de marzo del año 2014 (29/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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prioridad nacional el desarrollo economico social y la pacificacion del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro y crea Comision Multisectorial, modifica el articulo 1 del Decreto Supremo N° 021-2008-DE/SG, estableciendo los distritos que forman parte del ambito de intervencion directa del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro; Que, mediante Decreto Supremo N° 090-2012-PCM, que modifica disposiciones de la Comision Multisectorial para la Pacificacion y Desarrollo Economico Social en el VRAEM, se modifica el articulo 1°, numeral 1.2, MORDAZA parrafo del Decreto Supremo N° 021-2008-DE/SG, modificado por la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo N° 074-2012-PCM, incorporando el distrito de Paucarbamba de la provincia de Churcampa del departamento de Huancavelica, en el ambito de influencia del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro; Que, por Ley N° 30086 se crea en la provincia de La Mar, departamento de MORDAZA, el distrito de Anchihuay con su capital el centro poblado de Anchihuay, que ostenta la categoria de pueblo; Que, con Ley N° 30087 se crea en la provincia de Huanta, departamento de MORDAZA, el distrito de Canayre con su capital el centro poblado Canayre, que ostenta la categoria de pueblo; Que, es necesario incorporar ios distritos de Anchihuay, en la provincia de La Mar, y Canayre, en la provincia de Huanta, departamento de MORDAZA, en el ambito de intervencion directa del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro; Que, asimismo, es necesario realizar precisiones en cuanto al ambito de intervencion directa en el MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro - VRAEM; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru, y la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA:

El Peruano Sabado 29 de marzo de 2014

Articulo 1°.- Modificacion del Decreto Supremo N° 021-2008-DE/SG Modifiquese el primer y MORDAZA parrafo del numeral 1.1 del articulo 1° del Decreto Supremo N° 021-2008-DE/SG, modificados por la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo N° 074-2012-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera: "1.1 Declarese que los siguientes distritos forman parte del ambito de Intervencion directa del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA, Ene y Mantaro: - Distritos de Ayahuanco, Canayre, Llochegua, Sivia, Santillana y Huanta de la provincia de Huanta del departamento de Ayacucho; - Distritos de Ayna, MORDAZA MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA, Anchihuay, Samugari y Chungui de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho; (...)" Articulo 2°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de marzo del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

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REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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