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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2014 (30/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 72

El Peruano Domingo 30 de marzo de 2014 520034 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Amplían plazo de vencimiento de pago de primer trimestre del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2014/MDLCH Chosica, 24 de marzo de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO - CHOSICA Visto el Informe Nº 88-2014/MDLCH-GR elevado al despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual amplía el plazo de vencimiento del primer trimestre del impuesto predial y de los arbitrios municipales del año 2014, hasta el 30 de abril del presente año. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 196-MDL, publicado el 8 de febrero de 2014, se establece el vencimiento del pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2014. Que, en vista de que a la fecha aún muchos contribuyentes aún no han recibido sus cuponeras de pago del impuesto predial y de los arbitrios municipales correspondiente al presente año, se hace necesario ampliar los plazos de vencimiento para el pago de los tributos municipales, conforme a lo establecido en el artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, concordante con el artículo 4º de la Ordenanza Nº 196-MDL; y, Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el pago de PRIMER TRIMESTRE del impuesto predial y de los arbitrios municipales del ejercicio 2014 hasta el día 30 de ABRIL del presente año. Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente dispositivo en el portal de la página web municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 1068202-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican la Ordenanza Nº 373, que aprobó Matrimonio Civil Comunitario 2014 en el distrito ORDENANZA Nº 378-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de marzo de 2014, Informe Nº 45-2014-SGTDARC-SG- MDR de fecha 24 de marzo de 2014 de la Subgerencia de Trámite Documentario, Archivo Central y Registro Civil; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ios gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú; Que, mediante Informe Nº 45-2014-SGTDARC-SG- MDR de fecha 24 de marzo de 2014 de la Subgerencia de Trámite Documentario, Archivo Central y Registro Civil, señala que el día 10 de mayo de 201 las distintas unidades orgánicas de la municipalidad tienen programado diversas actividades a favor de la Comuna; es por ello que se ha considerado conveniente proponer al Concejo Municipal trasladar la fecha del matrimonio civil comunitario para el día 17 de mayo de 2014; debiendo modifi carse el artículo primero de la Ordenanza Nº 373-MDR; Estando a las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DE LA ORDENANZA Nº 373, QUE APRUEBA MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2014 EN EL DISTRITO DEL RÍMAC Artículo Primero.- Modifíquese el artículo primero de la Ordenanza Nº 373, debiendo decir: “Artículo Primero.- Autorizar, la celebración de los Matrimonios Civiles Comunitarios 2014 en el distrito del Rímac, que se llevarán a cabo los días 17 de mayo, 19 de julio y 13 de setiembre de 2014”. POR TANTO: Mando se regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Palacio Municipal, a los veinticinco días del mes de marzo del dos mil catorce. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1068427-1 Otorgan incentivos tributarios a contribuyentes del distrito, para el pago al contado de las obligaciones tributarias vencidas ORDENANZA Nº 379-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 25 de marzo de 2014, Dictamen Nº 004-2014-CARyDEL/ MDR de la Comisión de Administración, Rentas y Desarrollo Económico Local, Informe Nº 024-2014- SGATR-GR/MDR de fecha 21 de marzo de 2014 de la Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación e Informe Nº 207-2014-GAJ-MDR de fecha 24 de marzo de 2014 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO; Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modifi cado por Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,