Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2014 (30/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA 30 de marzo de 2014

520031
Que, mediante Resolucion Nº 18-2012-MML-GDUSPHU de fecha 01 de febrero de 2012 la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA resuelve establecer la Conformidad de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 1782011-MDA/GDU-SGHUE de fecha 13 de octubre de 2011, la cual resuelve aprobar la Habilitacion MORDAZA Nueva para uso Industria Liviana "I-2" del terreno con un area de 7,755.30 m2. En el Articulo MORDAZA de la precitada resolucion se recomienda a la Municipalidad Distrital de Ate que debera efectuar las correcciones de los errores materiales en el Plano y Memoria Descriptiva a fin de no generar inconvenientes al momento de su inscripcion registral, Que, mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 6412013-MDA/GDU-SGHUE de fecha 19 de junio de 2013, se resuelve sustituir el Plano Nº 032-2012-SGHUE-GDU/ MDA por el Plano Nº 038-2013-SGHUE-GDU/MDA al haberse corregido las observaciones advertidas por la Municipalidad Metropolitana de Lima; quedando firme en todos los demas articulos de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 178-2011-MDA/GDU-SGHUE de fecha 13 de octubre de 2011. Asi tambien, en el Articulo MORDAZA de la precitada resolucion se dispone el levantamiento de la carga senalada en el Articulo Tercero de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 178-2011-MDA/GDU-SGHUE, al acreditarse la redencion en dinero del deficit de los aportes reglamentarios de Parques Zonales y Renovacion MORDAZA, Que, mediante Carta SGNCE-13-980 (fs. 52) de fecha 02/09/13 emitido por Luz del Sur, se indica que frente al predio ubicado en el lote 116A' - 115B del Ex Fundo La MORDAZA existen redes de distribucion y que actualmente se dispone de la subestacion electrica desde donde se suministra los requerimientos de energia electrica, Que, mediante Carta Nº 806-2013-EOMR-AV (fs. 53) de fecha 11/09/13 SEDAPAL en la cual senala indica que las redes existentes de agua potable que pasan frente al predio indicado se encuentran en condiciones hidraulicas optimas de operatividad y en funcionamiento; respecto a las redes de alcantarillado y sus respectivas conexiones domiciliarias se encuentran en buen estado y en buenas condiciones hidraulicas en el sistema de drenaje del sector. Respecto a la suficiencia de las redes senala que la capacidad de conduccion de las tuberias esta en funcion al esquema hidraulico y de drenaje, para cualquier requerimiento para uso No Domestico, sera factible previa evaluacion, Que, mediante Declaracion Jurada la empresa se compromete a culminar las obras de pavimentacion de la vereda (Calle Huanchihuaylas con frente al lote 116A' 115B) conforme a la habilitacion MORDAZA aprobada, Que, conforme al D. S. Nº 008-2013-VIVIENDA, Titulo II, Capitulo V, Articulo 36º, literal d, senala que se ha de presentar por triplicado Plano de Replanteo de Trazado y Lotizacion y Memoria Descriptiva; para el presente caso no se tiene variaciones desde la aprobacion de la Modificacion de Proyecto de Habilitacion MORDAZA mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 641-2013-MDA/GDUSGHUE de fecha 19 de junio de 2013 y Plano Nº 0382013-SGHUE-GDU/MDA, Que, mediante Informe Nº 215-2013-MDA/GDUSGHUE-DEHE de fecha 26 de diciembre de 2013 emitido por el Area pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones concluye por la procedencia del tramite de Recepcion de Obra de Habilitacion MORDAZA, al haberse verificado la existencia de los servicios basicos, conforme a lo aprobado en la Resolucion de Sub Gerencia Nº 641-2013-MDA/GDU-SGHUE de fecha 19 de junio de 2013, al cumplir con presentar los requisitos y pagos estipulados por el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, por el Reglamento Nacional de Edificaciones y Ordenanza Nº 273-MDA.

MUNICIPALIDAD DE ATE
Recepcionan obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE SUB GERENCIA Nº 1563-2013-MDA/GDU-SGHUE Ate, 26 de diciembre de 2013 LA SUB GERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 30182 de fecha 12 de MORDAZA del 2013 seguido por la empresa COMPANIA MOLINERA DEL CENTRO S. A. debidamente representado por Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA SANSUR, por el cual solicitan la Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA del terreno con un area bruta de 7,755.30 m2 para el uso Industria Liviana "I-2" constituido por los lotes 115B y 116A' de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las Municipalidades Provinciales y Distritales son Organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, son sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de: 3.6.1. Habilitaciones urbanas, Que, mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 1782011-MDA/GDU-SGHUE de fecha 13 de octubre de 2011 se resuelve aprobar conforme al Plano signado con el Nº 032-2011-SGHUE-GDU/MDA, el proyecto de Habilitacion MORDAZA Nueva para Uso Industria Liviana "I-2" del terreno con un area de 7,755.30 m2 para el uso Industria Liviana "I-2" constituido por los lotes 115B y 116A' de la Parcelacion del Fundo La MORDAZA, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; asimismo, en el Articulo Tercero de la precitada Resolucion se deja en garantia de pago el lote unico por el deficit del aporte de Parques Zonales y Renovacion MORDAZA para la zonificacion Industria Liviana "I-2" con un deficit de 387.76 m2 y 232.66 m2, el cual debera ser pagado MORDAZA de la Recepcion de Obra, de conformidad con el Articulo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML

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