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El Peruano Viernes 9 de mayo de 2014 522657 del Gobierno Nacional, a ejecutar las acciones y los proyectos de inversión en todo el territorio nacional, para la prevención, mitigación y adecuada preparación para la respuesta ante desastres a nivel nacional. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Deróguese o déjense en suspenso, según sea el caso, las disposiciones legales y reglamentarias que se opongan a lo establecido por la presente Ley o limiten su aplicación. ANEXO Nº 4 “Procedimiento especial de contratación para la ejecución de obras” 1. Alcance Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley, las entidades de los tres niveles de gobierno pueden aplicar el presente procedimiento siempre que cumplan con las siguientes condiciones: a) Los proyectos que hayan sido declarados viables, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública. b) Corresponda a una licitación pública conforme a la Ley 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y su valor referencial no sea mayor a S/. 15 000 000,00 (Quince Millones y 00/100 Nuevos Soles). 2. De los actos preparatorios La contratación de las obras debe encontrarse incluida en el respectivo Plan Anual de Contrataciones y registrarse obligatoriamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE. 3. Del Comité Especial La elaboración de las bases, así como la organización, conducción y ejecución del proceso de selección, hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente fi rme, está a cargo de un Comité Especial. La designación de los miembros del Comité Especial debe realizarse dentro de un plazo de dos días hábiles contados a partir de la fecha en que se aprobó el Expediente de Contratación. El Comité Especial tiene un plazo de hasta ocho días hábiles para elaborar las bases, de acuerdo con el modelo establecido por la presente norma y elevarlas a la autoridad competente para su aprobación. Asimismo, dicha autoridad tiene un plazo de dos días hábiles para aprobar las bases. 4. Etapas del proceso de selección El proceso de selección tiene las etapas siguientes: 4.1 Convocatoria. 4.2 Registro de participantes. 4.3 Formulación y absolución de consultas y observaciones. 4.4 Integración de las bases. 4.5 Presentación de propuestas. 4.6 Califi cación y evaluación de propuestas. 4.7 Otorgamiento de la Buena Pro. 5. Plazos generales para procesos de selección En el proceso de selección mediará no menos de doce días hábiles entre la convocatoria y la presentación de propuestas, computados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el SEACE. Asimismo, entre la integración de las bases y la presentación de las propuestas no puede mediar menos de tres días hábiles, computados a partir del día siguiente de la publicación de las bases integradas en el SEACE. 6. Oportunidad del registro El registro de participantes se efectúa desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un día hábil después de haber quedado integradas las bases. 7. Plazos para formulación y absolución de consultas y observaciones REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN