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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2014 (31/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Sábado 31 de mayo de 2014 524252 Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución a la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y a los representantes designados y ex representantes, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1089932-1 Crean Comisión de Ética y Transparencia del Sector Agricultura y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0322-2014-MINAGRI Lima, 29 de mayo de 2014 VISTO: El Ofi cio N°1429-2014-MINAGRI-OPP/UPS y el Informe N°0108-2014-MINAGRI-OPP-UPS de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado señala como fi nalidad principal del proceso de modernización, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar, entre otros, un estado transparente en su gestión; Que, el artículo 9 de la Ley N° 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública, dispone que la Alta Dirección de cada entidad pública ejecuta medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público; así como, dicho órgano establece los mecanismos e incentivos que permitan una actuación correcta, transparente y leal de los servicios públicos; Que, la Vigésimo Sexta Política de Estado del Acuerdo Nacional, referida a la promoción de la ética, transparencia y erradicación de la corrupción y el lavado de dinero, la evasión tributaria y el contrabando en todas sus formas, establece entre sus objetivos el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, promoviendo una cultura de respeto a la Ley, de solidaridad y anticorrupción, que elimine las prácticas violatorias del orden jurídico, incluyendo el tráfi co de infl uencias, el nepotismo, el narcotráfi co, el contrabando, la evasión tributaria, y el lavado de dinero y regular la función pública para evitar su ejercicio en función de intereses particulares; Que, el Decreto Supremo N° 027-2007-PCM defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, señalando como prioritaria la implementación de la Política Nacional Anticorrupción, orientada a fortalecer la lucha contra los actos de corrupción en las licitaciones y contrataciones del Estado; garantizar la transparencia y la rendición de cuentas, promover la Ética Pública a través de sus acciones y comunicaciones; y fomentar la participación ciudadana en la vigilancia y control de la gestión pública; Que, mediante el Decreto Supremo N°046-2013- PCM se aprueba la Estrategia Anticorrupción del Poder Ejecutivo, la cual contiene las acciones operativas que se implementarán en este ámbito, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción 2012-2016, señalando en la acción 2.20 de su artículo 2, que en las entidades del Poder Ejecutivo se elaborarán planes anticorrupción que contengan medidas de prevención y sanción de la corrupción, teniendo en cuenta los procesos de mayor vulnerabilidad y los casos de corrupción que afecta a cada uno de ellos; Que, mediante Resolución Ministerial N°0280-2014- MINAGRI, se aprobó el “Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Agricultura y Riego período 2014 – 2016”, el cual establece las líneas de acción, indicadores y metas a seguir, sentando bases sólidas de construcción de una política de lucha contra la corrupción hasta los niveles sub nacionales del sector, promoviendo una cultura de ética, transparencia y vigilancia ciudadana; Que, el literal V del referido Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción, recomienda la creación de una Comisión Sectorial adscrita al Despacho Ministerial, denominándose Comisión de Ética y Transparencia del Sector de Agricultura y Riego, la misma que se encargará del seguimiento de la implementación del Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Agricultura y Riego período 2014 – 2016; así como, desarrollará una labor preventiva fomentando una cultura de ética basada en valores, transparencia en la gestión, promoción de la vigilancia ciudadana y neutralidad política; Que, por Resolución Ministerial N°0153-2012-AG se aprobó el Plan de Promoción, Difusión y Práctica del Código de Ética de la Función Pública del Ministerio de Agricultura – 2012, creando un Comité de Ética con el propósito de velar por el cumplimiento del Código de Ética al interior del Ministerio; Que, el Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Agricultura y Riego período 2014-2016, establece líneas de acción, objetivos, actividades y metas a cumplirse durante el período señalado, por lo que se hace necesario que el seguimiento del cumplimiento del referido instrumento de gestión sea asumido por la denominada Comisión de Ética y Transparencia del Sector Agricultura y Riego; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modifi cado mediante Ley N° 30048 y el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la Comisión Sectorial adscrita al Despacho Ministerial Créase la Comisión Sectorial adscrita al Despacho Ministerial que de conformidad al Plan Sectorial de Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Agricultura y Riego período 2014 – 2016, se denominará Comisión de Ética y Transparencia del Sector Agricultura y Riego. Artículo 2.- De los objetivos Son objetivos de la Comisión de Ética y Transparencia del Sector Agricultura y Riego, establecer bases sólidas para fomentar una cultura de ética basada en valores, apoyar la transparencia en la gestión, promover la participación de la sociedad civil a través de la vigilancia ciudadana y la neutralidad política, articulando, coordinando acciones y proponiendo políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el sector Agricultura y Riego. Artículo 3.- De la conformación Los miembros de la Comisión de Ética y Transparencia del Sector de Agricultura y Riego, ejercerán el cargo ad honorem y estará conformado por los siguientes miembros: - El/la Secretario/a General, quien la presidirá - El/la Director/a General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica - El/la Director/a General de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto - El/la Director/a General de la Ofi cina de Administración - El/la Director/a de la Unidad de Personal - El/la Directora/a de la Unidad Imagen Institucional - El/la Director/a de la Unidad de Tecnología de la Información Artículo 4.- De la instalación La Comisión de Ética y Transparencia del Sector de Agricultura y Riego, se instalará en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de publicada la presente